La elevación a juicio de la causa seguida a Jeremías Ramírez por la muerte de Carmen Montes y de Miguel Arroyo espera el dictamen de dos planteos de nulidad interpuestos por la defensa para su resolución. Buscan descalificar los agravantes de la acusación referidos a la causal de muerte y al exceso de velocidad

De la redacción de EL NORTE
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La causa por el siniestro que costó la vida de Carmen Montes y de Miguel Arroyo ocurrida en febrero de 2022 se encuentra en su etapa final inmediatamente anterior a la fijación del debate.
El auto de requisitoria a juicio para el imputado Jeremías Ramírez, había sido presentado al Juez de Garantías por la fiscalía el 6 de diciembre del año pasado.
El plazo para su resolución se vio afectado por varios planteos. Por un lado la familia de Miguel Arroyo en su carácter de Particular damnificado a través de su representante letrado, Sebastián Mazzolini, decidió impugnar la requisitoria efectuada por la fiscalía.
La apelación de la medida solicitada obedecía a la discrepancia en la figura por la que se pedía sea juzgado Jeremías Ramírez. Mientras que la fiscalía propuso imputación por doble homicidio culposo agravado, los impugnantes sostenían la figura del homicidio simple con dolo eventual que contempla una pena sensiblemente mayor.
El juzgado de Garantías no hizo lugar en un primer momento al cambio pero volverá sobre la cuestión planteada al resolver el pedido de enjuiciamiento.
Las otras impugnaciones, dos de las cuales se hayan pendientes de decisión y demoran los tiempos del debate fueron presentadas por la defensa del imputado, el abogado Fernando Lima y tienen que ver con los agravantes.
En primer término el juez de Garantías Luis Prati debió resolver acerca de un pedido de nulidad respecto de la constitución por parte de la familia de Arroyo como Particulares damnificados a lo que el magistrado no hizo lugar y que presumiblemente haya estado dirigido por la línea defensista a impugnar las pruebas presentadas por los familiares.
Y los otros dos cuestionamientos se dirigían a destruir el agravante producido por la muerte de Miguel Arroyo que la defensa consideró acaecida por causa de un virus intrahospitalario y no por el accidente y la otra cuestión tiene que ver con las grabaciones que permitió a los peritos establecer un exceso de velocidad por parte del imputado en el momento del choque. La resolución de estas dos últimas cuestiones son indispensables para la elevación de la causa y se hallan demoradas.
Pericias restantes
Las dos cuestiones pendientes deberán ser dilucidadas a través de dos pericias, por un lado la pericia médica en procura de establecer la causal de muerte de Arroyo que la defensa sostiene acaecida no como consecuencia del accidente sino por un virus intrahospitalario.
En razón de ello, la fiscalía pidió una pericia definitiva que debe realizar el médico forense Manuel Caro.
Y la otra prueba pericial que falta es la pedida sobre el video que contiene las imágenes previas al accidente presentado por los defensores y que contendría serias diferencias con otro video presentado por la acusación tomado en el mismo lugar, en el mismo momento, por la misma cámara pero que difiere en un punto esencial que es la velocidad a la que se conducía la camioneta que produjo el accidente.
Ambos cuestionamientos tienen que ver con los agravantes de la figura del culposo que son la concurrencia de más de una muerte y la velocidad. Una vez resueltas estas dos cuestiones y decidida por parte del juez la elevación a juicio se determinará cuál será el juzgado llamado a decidir y se conocerá la fecha del debate definitivo.
El hecho
El siniestro cuyas circunstancias serán motivo de juzgamiento ocurrió en la madrugada del 5 de febrero en la intersección de las calles Terrassón y Savio. Jeremías Ramírez de 20 años chocó su camioneta Amarok contra otros 3 vehículos.
Como consecuencia del impacto Carmen Montes murió en el acto y 5 personas resultaron heridas de diferente consideración, entre ellas Miguel Arroyo de 39 años quien falleció a causa de las heridas un mes después del accidente y que provocó el primer cambio de carátula por la de “Doble homicidio culposo agravado”.
Ramírez permanece en libertad a disposición de la justicia, se le impide conducir vehículos y la salida del país hasta tanto la causa sea resuelta.

