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domingo, noviembre 24, 2024
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SEQUÍA: EMERGENCIA AGROPECUARIA EN CÓRDOBA

El Ministerio de Economía declaró el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en la provincia de Córdoba, a raíz de la sequía.

SEQUÍA: EMERGENCIA AGROPECUARIA EN CÓRDOBA

La medida alcanza a las explotaciones agrícolas, forestales y frutihortícolas de ese distrito y se extiende desde el 1° de enero y hasta el 30 de junio de este año, según la Resolución 290/2023, publicada este viernes en el Boletín Oficial.

También fueron incluidas en la declaración las explotaciones ganaderas, tamberas y apícolas, pero en este caso la decisión se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2023.

El Palacio de Hacienda determinó que el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2023 son las fechas de finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias afectadas de las áreas declaradas en emergencia y/o desastre agropecuario.

Para poder acogerse a los beneficios de la Ley N° 26.509 de emergencia agropecuaria los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos.

Por su parte, las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la AFIP arbitrarán los medios necesarios para que los productores gocen de los beneficios previstos en esa Ley, de acuerdo con la Resolución.

De esta manera, el Ministerio de Economía homologó un decreto provincial de emergencia y desastre agropecuario para los productores afectados por la sequía.

El Gobierno de Córdoba decretó el estado de emergencia y/o desastre agropecuario a un área de más de 800.000 hectáreas, que comprende el sur del departamento San Justo, norte de Marcos Juárez y Unión y noroeste de General San Martín.

La emergencia agropecuaria comprende la afectación del 50% al 80% en la producción de un establecimiento agropecuario, mientras que el desastre agropecuario es para aquellas explotaciones donde el área perjudicada supera el 80%.

En el caso de emergencia agropecuaria, los beneficios para los productores contemplan el diferimiento de los impuestos y provinciales y nacionales, al tiempo que el desastre prevé la eximición del los tributos.