La Cámara Primera de Apelaciones confirmó el fallo dictado por el Tribunal de Trabajo N° 3 el pasado 12 de julio, que había hecho lugar a la demanda de amparo presentada por Claudio Martín Nicodemo condenando a Experta ART S.A. a que solventara los gastos de una cirugía de alta complejidad cuyo costo es muy alto. El demandante había sufrido un grave accidente cuando trabajaba en la empresa Siderar que le provocó la amputación de ambas piernas.
De la redacción de EL NORTE
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En los primeros días del mes de julio pasado, los integrantes del Tribunal de Trabajo N° 3 de San Nicolás habían dictado veredicto a los fines de emitir sentencia en el caso Nicodemo Claudio Martín contra Experta ART S.A. El Tribunal conformado por los jueces Nicolás Aparisi, Walter Quadranti y Diógenes Toraf había hecho lugar a un recurso de amparo que obliga a la mencionada ART a cubrir las costas de las prestaciones médicas requeridas por el mandante, quien padeció un grave accidente cuando trabajaba en la empresa Siderar al desprenderse un planchón que cayó sobre la máquina que conducía, dejándolo atrapado en la cabina y sufriendo la amputación inmediata de su pierna izquierda y, a las 48 horas del hecho, también la amputación de la pierna derecha.
Luego de someterse a múltiples intervenciones quirúrgicas y largos procesos de rehabilitación, la aseguradora otorgó las prestaciones de la Ley 24.557 (dinerarias y en especie), entre ellas una prótesis que le permitió volver a caminar apoyado en dos bastones canadienses. Las prótesis otorgadas, con el tiempo, le produjeron distintas reacciones alérgicas que impidieron su uso definitivo. A partir de ello se solicitó a una intervención quirúrgica denominada osteointegración de ambos miembros, lo cual permitirá el uso de prótesis. La intervención es muy costosa.
El Tribunal resolvió hacer lugar a la acción de amparo promovida por Claudio Martín Nicodemo para que la aseguradora de riesgo de trabajo «Experta ART S.A.» se haga cargo del costo de la intervención, como así también de los estudios quirúrgicos que fueren necesarios efectuárseles, internación y eventual rehabilitación.
La Cámara confirmó el fallo
Esta semana, la Cámara Primera de Apelación del Departamento Judicial San Nicolás, integrada por la Dra. Amalia Fernández Balbis y los Dres. Fernando Kozicki y José Javier Tivano, confirmó íntegramente el fallo dictado por el Tribunal de Trabajo N° 3 el pasado 12 de julio, por el voto del Dr. Nicolás Eduardo Aparisi compartido por los Dres. Toraf y Quadranti, donde se hizo lugar a la demanda de amparo incoada por el Sr. Claudio Martín Nicodemo y condenó a Experta ART S.A. a que solventara los gastos de la cirugía de osteointegración de ambos miembros inferiores, afrontará los costes de todos los estudios quirúrgicos necesarios, sus internaciones y su eventual rehabilitación, en los términos y con el alcance que determina el art. 20 de la ley 24.557. La Cámara impuso un plazo de 10 días y previa coordinación con el equipo médico interviniente, bajo apercibimiento de fijar a la ART una multa de $ 150.000 por cada día de retardo, con costas a la aseguradora.
Se trata de una sentencia inédita dictada por el Tribunal Laboral N°3, novedosa en el país y sin antecedentes jurisprudenciales por el tipo de cirugía en cuestión y la altísima complejidad de la intervención (con un costo aproximado de u$s 250.000) a llevarse a cabo en el Hospital Italiano de CABA, enteramente a cargo de la aseguradora de riesgos del trabajo.
El fallo fue apelado por la ART, cuyo recurso fue rechazado por la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, que confirmó en su totalidad lo resuelto en la instancia de grado por el Dr. Aparisi, ART que además deberá hacerse cargo de todos los gastos y costas generados en el proceso.