Vecinos de San Nicolás y Ramallo expresan un profundo malestar por la continua presencia de caballos expuestos por sus dueños a la intemperie. En horas de extremas temperaturas, los animales sufren el calor sin agua y con escasa comida, además de encontrarse con negligentes ataduras que han llevado a una muerte esta semana. Desde la ONG “Rescate Equino” señalan la importancia de asistir y denunciar, en el marco de la Ley 14.346.
Carolina Mitriani
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Las altas temperaturas no ceden en San Nicolás y la región, en medio de permanentes emisiones de alertas por parte del Servicio Meteorológico por los riesgos que esto conlleva para la salud. La gravedad de este contexto no solo afecta a las personas, sino también a los animales, que ante la irresponsabilidad de sus dueños deben resistir el calor.
A la intemperie, mayormente atados en terrenos inhabitados, los caballos están en un delicado estado tanto en San Nicolás como en Ramallo, puntos en los que los vecinos y vecinas manifiestan fastidio por los negligentes cuidados que prestan quienes tienen estos animales.
Acciones
Desde la Asociación Civil Rescate Equino San Nicolás, comparten una guía para intervenir ante estos casos, que cada vez son más: “Aunque no sea tu responsabilidad, sino del propietario, acercale un balde de agua. Intenta ubicar al dueño para pedirle que reconsidere la situación y la revierta. Si no accede, pasa el nombre y la dirección de la persona o los datos que puedas aportar al 147 (línea municipal de atención al ciudadano en San Nicolás), para que el Juzgado de Faltas aplique multas mediante el código de convivencia, que contempla el maltrato”.
Otra alternativa es realizar la denuncia en comisaría o fiscalía, en el marco de la Ley 14.346. “Es obligación de las dependencias policiales tomar denuncias por maltrato. ¿Es maltrato dejar un animal sin resguardo ni agua, con temperaturas tan altas? Sí, es maltrato”, explican desde Rescate Equino.
Indignación
Pese a que está prevista la normativa legal, los nicoleños denuncian que no es habitual encontrar esta lógica en los efectores estatales. Macarena lamentó esta situación: “En las comisarías no te toman la denuncia, eso me pasó hoy. En barrio Somisa los caballos están todo el día al rayo del sol, les acercamos agua y esperamos que vengan los dueños, pero no aparecen. Hace días están ahí”.
Vecinas de otros lugares de la ciudad reflejan iguales situaciones: “Gracias, Rescate. Si se ocupara un poco la Municipalidad en organizar tachos grandes con agua, ya que en varios puntos pasa este problema. En zona oeste, caballos atados por todos los campos sin agua y al sol. Una vergüenza”. Marianela expresó su enojo con “los inhumanos que tienen caballos en calle Ponce de León al fondo. Los consejos de cuidados también van para ustedes, que tienen a los animales atados al sol y sin agua”. En el punto sur de San Nicolás, Silvana lamentó el accionar de “los que dejan los caballos en el loteo Colonial, en Balcarce pasando barrio Güemes. No sé qué comen porque está todo seco”.
También saliendo a otras ubicaciones del partido nicoleño se observa la lamentable situación, como reflejó Marcela: “Venía en la línea de colectivos 512 hacia La Emilia y en un campo frente a barrio Colombini eran 4 o 5 caballos. Todos al rayo del sol y sin agua cerca”.
Irresponsabilidad regional
La Asociación Civil de voluntarios abocados a mejorar las condiciones de vida de este tipo de animales también presta asistencia en otros lugares cercanos a San Nicolás. A través de la comisaría recientemente dieron intervención en un grave caso en Ramallo Pueblo. Más de 10 días pasaron una yegua y su potrillo en un lote sin agua y con migajas de comida, en plena ola de calor. Los vecinos se acercaron de manera diaria al reducido espacio enrejado, ubicado por calle Bolívar entre Colón y Rafael Obligado, para asistir a los animales por la falta de compromiso de sus dueños.
Desde la organización Rescate Equino, al compartir el caso ramallense para solicitar más lazos vecinales ante las malas condiciones, explicaron que recibieron “insultos y amenazas solamente por mostrar la realidad de los caballos con ‘dueños’.
Lamentablemente no podemos ir a darle agua a cada caballo al sol, a radicar la denuncia por cada caso que nos llega ni podemos ingresar todos los animales porque no contamos con recuerdos económicos ni lugar para tantos. Esperamos sepan comprender nuestra situación también”.
LEY SARMIENTO
La reglamentación legal que establece la intervención estatal en casos de daño a los animales está enmarcada en la Ley N° 14.346. Fue sancionada el 27 septiembre del año 1954 y promulgada el 27 de octubre de 1954. En su artículo 1° establece que “será reprimido con prisión de quince días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales”.
En el siguiente se explaya sobre qué implican los actos de maltrato: “No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos. Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas. Hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas. Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado. Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos. Y emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas”.
También se explaya en definir que serán considerados actos de crueldad: “Practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables y en lugares o por personas que no estén debidamente autorizados para ello. Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice por motivos de piedad. Intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el título de médico o veterinario, con fines que no sean terapéuticos o de perfeccionamiento técnico operatorio, salvo el caso de urgencia debidamente comprobada”.
A su vez, incluye “experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable según la naturaleza de la experiencia. Abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en experimentaciones. Causar la muerte de animales grávidos cuando tal estado es patente en el animal y salvo el caso de las industrias legalmente establecidas que se fundan sobre la explotación del nonato”. La ley abarca también la penalización por “lastimar y arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por sólo espíritu de perversidad. Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias, en que se mate, hiera u hostilice a los animales”.