Este sábado 15 de mayo cierra el trámite obligatorio de actualización de datos para seguir accediendo al Programa Potenciar Trabajo, el cual busca “mejorar el empleo y generar nuevas propuestas productivas a través de la financiación de estudios, formación laboral y capacitación en oficios”.
El trámite se podrá realizar a través de la página web del Ministerio de Desarrollo Social, donde aparecen dos opciones: a través del Renaper (Registro Nacional de Personas) y a través de la Administración Nacional de Seguridad Social.
La Resolución 438 publicada en el Boletín Oficial especifica que los beneficiarios que quieran seguir accediendo al programa deberán realizar este procedimiento “personal y obligatorio“, y además recibirán un aumento este mes por encontrarse atado su monto al Salario Mínimo.
¿Qué datos se deben actualizar?
El trámite requiere la actualización de los siguientes datos:
- Número de DNI
- Fecha de nacimiento
- Sexo según el DNI
- Género
- Provincia
- Municipio
- Localidad
- Domicilio donde se vive
- Número de teléfono (fijo o celular)
- Dirección de correo electrónico
- Forma de contacto de preferencia (email o celular)
- Máximo nivel educativo alcanzado
¿Cómo realizar el trámite?
El proceso consta de dos etapas:
- Actualización de datos personales
- Selección o validación de unidad de gestión. El titular deberá elegir entre tres opciones:
- Confirmar la unidad de gestión asignada
- Modificar la unidad de gestión asignada
- No elegir ninguna
Para realizar el trámite se deben seguir los siguientes pasos:
- Ingresar a la página web del Ministerio de Desarrollo Social, sección Potenciar Trabajo
- Elegir entre ANSeS y Renaper para realizar la actualización
- A través de Renaper se necesitará el DNI y número de trámite, el cual se encuentra en la parte inferior del documento, y figura como “Trámite Nº/ Of.ident”
- Mediante MI ANSeS se necesitará ingresar el CUIL y la clave de Seguridad Social
¿Qué pasa si no se realiza el trámite?
En caso de no realizar el trámite antes de que venza el plazo para hacerlo, los beneficiarios cobrarán el 50% de lo que les corresponde. Posterior al 15 de mayo, los titulares podrán solicitar la suspensión del cobro parcial y la actualización de datos ante causa justificada. Si después de seis meses sigue sin realizar el trámite, se suspenderá el cobro de la totalidad del monto, consecuentemente se dará de baja al titular y se cerrará su cuenta bancaria.