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jueves, diciembre 12, 2024
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TARIFAS DE COLECTIVOS DE LARGA DISTANCIA SE REVISARÁN MENSUALMENTE

El Gobierno nacional modificó artículos de un Decreto de Necesidad y Urgencia, que data de 2002, mediante el que se establecían pautas para la fijación del precio de los pasajes de viajes en ómnibus de media y larga distancia, y determinó que a partir de ahora se publicarán mensual y trimestralmente los parámetros para establecer esos costos.

Lo hizo a través de la resolución 565/2022 publicada ayer en el Boletín Oficial, que modifica el decreto 2407/02 por el que “se declaró el estado de emergencia del transporte automotor de pasajeros por carretera de carácter interjurisdiccional que se desarrolla en todo el territorio de la República Argentina por operadores sujetos a la competencia de la Autoridad Nacional”.

Precio del gasoil como referencia

Ante esta situación, el Gobierno analizó que resultaba necesario “disponer las medidas conducentes para brindar sustentabilidad de los servicios de transporte automotor interurbano de pasajeros y de los brindados por las terminales de ómnibus que los asisten y, a su vez, generar las condiciones que permitan su futuro desarrollo, acompañando su recuperación”.

Con la modificación, se habilitó ahora a que se publiquen de manera mensual y trimestral los parámetros para establecer los costos de las tarifas, tomando como punto de partida a una de las variables representativas de los costos de la actividad, como lo es el precio de venta al público del gasoil grado 2 de la petrolera YPF.

Este mecanismo, se justificó, permitirá mantener una tarifa razonable para los servicios que permanezca actualizada y evite distorsiones en el mercado, para así cubrir de manera adecuada los costos de sector.