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domingo, noviembre 24, 2024
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FEMICIDIO DE LEONELA: HOY SE CONOCERÍA LA CONDENA A LOS ANDINO

DÍA CLAVE

Las partes integrantes del juicio darán hoy su presente para la instancia final. CAROLINA MITRIANI / EL NORTE

Carolina Mitriani
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Desde el mediodía de hoy, la sala del Tribunal en lo Criminal número 1 recibirá a los partícipes del juicio que se les sigue a Fabián y Jonathan Andino. El mismo está enmarcado en el femicidio de la joven nicoleña Ángela Leonela Barrios, quien desapareciera el 21 de septiembre del 2016 y fuera hallada sin vida nueve días después.

El jurado popular determinó el pasado miércoles 29 –tras el desarrollo de tres extensas audiencias de testimonios y reproducción de la prueba criminal– que Fabián Andino es culpable del delito de homicidio agravado por la mediación de violencia de género; en tanto, su hijo Jonathan fue responsabilizado por encubrimiento.

Juicio bifásico
La audiencia de cesura persigue como objetivo la correcta individualización de la pena que debe sufrir quien comete un delito. Se hace presente en la Justicia argentina gracias a la innovación en el sistema procesal, que propone la división del juicio oral en dos etapas, al incorporarlo en su artículo 250.

La primera parte, tal como ocurriera en las audiencias desarrolladas los días 27, 28 y 29 de junio pasados, debe estar abocada a la determinación de la existencia o no del delito (o los delitos) por el que se efectúa el proceso, “su calificación y la responsabilidad penal del acusado”, es decir, el dilucidar de la participación o no del imputado en el mismo. Al finalizar esa instancia y de encontrarse a la persona culpable, se da lugar al debate para la determinación de la sanción a imponer, su modalidad y el lugar de cumplimiento de la misma. Esto implica para el juez a cargo de la causa arribar a la decisión de qué pena corresponde dentro de la escala de mínimos y máximos que establece el Código Penal de la Nación para cada delito.

¿A un paso de la libertad?
El Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires establece en su artículo 288 los detalles en la prohibición de denunciar y las determinaciones de responsabilidad en casos particulares. En este sentido, expresa que “nadie podrá denunciar a su cónyuge, ascendiente, descendiente o hermano, a menos que el delito aparezca ejecutado en perjuicio del denunciante o de un pariente suyo de grado igual o más próximo al que lo vincula con el denunciado”. También agrega que “el denunciante no será parte en el proceso ni tendrá responsabilidad alguna, excepto por el delito que pudiere cometerse mediante la denuncia o en virtud de lo que se establezca en sede civil”.

Este recurso está a disposición de planteo por parte del abogado defensor de Jonathan Andino –Dr. Pablo Prati– dado que el joven culpable es hijo de quien señaló el jurado popular como autor material del femicidio de Leonela. La composición civil que elaboró el veredicto condenatorio contra ambos determinó –tras la sugerencia del debate de veredicto incorporando esa figura– que Jonathan es encubridor del femicida. Por lo tanto, de existir esta presentación de la defensa en la audiencia de cesura, el juez Dr. Cristian Ramos podrá ponderar este detalle crucial para la determinación de su situación procesal, pudiendo existir la expresión de su libertad.



Autor complicado
En el caso de Fabián Andino el camino para esta audiencia está más allanado en cuanto a la determinación de su situación, dado que la incorporación del femicidio como agravante del homicidio solo categoriza la expectativa de pena en reclusión perpetua.

El 15 de noviembre del año 2012 la Cámara de Diputados de la Nación aprobó por unanimidad el proyecto de ley que propone la reforma del artículo 80 del Código Penal en los incisos 1 y 4. De esta manera se incorporó formalmente la figura del femicidio, que es descripto como “un crimen hacia una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”.

Esto llega para marcar un crucial agravante del homicidio cuando fueran motivados por las características de género de la víctima, mujer o feminizada (en caso de que fuera una persona de la comunidad travesti-trans). El femicidio aparece entonces como un acento a la pena que cabe al homicida, dado que en ese caso llano la pena oscila entre los 8 y los 25 años, y esta figura la amplía a la reclusión perpetua.

Decisión final
El Dr. Cristian Ramos, quien se desempeña como juez del TO 1 en esta causa, podrá dar a conocer hoy su determinación o expedirse en una nueva fecha, en caso de que considerara pertinente la revisión de algunos detalles que puedan plantear los miembros de la querella y defensa, principalmente.