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San Nicolás de los Arroyos
lunes, octubre 21, 2024
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Edición N°

UN PASO MÁS DE LOS MARTILLEROS EN SU LUCHA CONTRA LAS FRANQUICIAS

RESOLUCIÓN DEL CONCEJO DELIBERANTE

La semana pasada, el Concejo Deliberante por unanimidad prohibió la habilitación y publicidad de servicios inmobiliarios bajo la modalidad de franquicias, a pedido del Colegio de Martilleros que las considera ilegales. En diálogo con EL NORTE, el presidente de esta entidad explicó acerca de esta problemática y la importancia de la resolución.

Germán Rodríguez
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En la última sesión del Concejo Deliberante de San Nicolás, uno de los puntos a tratar fue respecto a una solicitud del Colegio de Martilleros de San Nicolás en relación con el desembarco de franquicias en la ciudad, y por unanimidad los concejales resolvieron prohibir la habilitación y publicidad de servicio inmobiliario bajo la modalidad de franquicias.

Para el sector inmobiliario es importante, ya que dirime públicamente el conflicto hiperjudicializado entre las franquicias o empresas que prestan servicios inmobiliarios y los colegios de martilleros de distintos puntos del país. Respecto a esta medida EL NORTE se comunicó con el presidente del Colegio de Martilleros de nuestra ciudad, José Cremona, quien fue recientemente electo, el cual explicó esta medida.

“El proyecto de ordenanza que se resolvió en San Nicolás lo que está haciendo es siguiendo la línea del Colegio de la provincia que está consiguiendo el respaldo de todas las comunas respecto a esta ordenanza. El martillero y corredor público es un profesional y los nombres no se pueden franquiciar. Así lo habla la Ley 10.973”, expresó el profesional acerca de esta medida que están adoptando otros municipios.



En su artículo primer, la Ley 10.973 expresa que para ejercer la profesión de martillero y corredor público en el territorio de la Provincia de Buenos Aires, se requiere:
a) Poseer título universitario de Martillero y Corredor Público, expedido por universidades nacionales o provinciales, de gestión estatal o de gestión privada, o revalidado en la República Argentina con arreglo a las reglamentaciones vigentes.
b) Estar inscripto en alguno de los Colegios Departamentales donde tiene denunciado su domicilio legal, a los efectos del desarrollo de su actividad.

“El tema es que no están dentro del margen de la legalidad y de esa forma se está desnaturalizando la actividad del corretaje que conforme a lo legislado por las leyes provinciales las franquicias no contemplan el poder ejercer la actividad. El tema es que al ser una franquicia y alguna persona de la sociedad tiene algún inconveniente con ellos, van a ir al Colegio de Martilleros y nosotros no vamos a poder aceptar la denuncia porque están franquiciados, y si no están colegiados, va a ser un impedimento para que la sociedad tenga el respaldo del Colegio de Martilleros ya sea de la provincia como de San Nicolás”, expresó Cremona.

Respecto a la importancia de la resolución del Concejo, aclaró: “Esto es para prevenir, para que no sigan desembarcando y que el colegio tenga elementos para defender al cliente y al profesional martillero. Es el lineamiento de toda la provincia y en muchas localidades se logró la ordenanza”.



Provincia

Desde la Cámara Inmobiliaria de la Prov. de Buenos Aires (CIBA), fundamentaron la postura y explicaron la problemática de las franquicias con las que ya hubo litigios.
Para el Colegio de Martilleros de la provincia queda en claro que los martilleros solo pueden asociarse con otros martilleros y no con una marca, una franquicia o un particular no matriculado.

Este último punto es muy sensible para el sector inmobiliario y de real estate, porque significa dirimir públicamente el conflicto hiperjudicializado entre las franquicias o empresas que prestan servicios inmobiliarios y los colegios de martilleros de distintos puntos del país.

Uno de los temas centrales es la diversidad de fallos en diferentes ámbitos judiciales y tribunales provinciales, además de ordenanzas municipales que avanzan sobre la tarea de las empresas franquiciadas. Desde que desembarcó RE/MAX en el país allá por 2005 se inició un derrotero judicial azuzado desde los colegios profesionales que aún no encontró sentencias definitivas ni un acuerdo entre las partes.

Los colegios atacan a estas empresa alegando que “franquician” la profesión, algo que está prohibido por la ley argentina. En el medio, y en una zona gris para algunos, están los profesionales que ejercen el corretaje inmobiliario.



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