Constitución: le robaron la moto, el seguro rechazó la cobertura y la Justicia ordenó indemnizarlo con $2 millones

El joven descubrió que su seguro no estaba vigente cuando intentó cobrar por el robo de su motocicleta. La Justicia consideró que la empresa debía haberle advertido sobre el pago rechazado para permitirle regularizar la situación.

Imagen ilustrativa.

Un joven de 29 años sufrió el robo de su motocicleta en el barrio porteño de Constitución y, cuando reclamó la cobertura, la aseguradora se negó a pagar porque una cuota no se había acreditado. Sin embargo, la Justicia falló a favor del propietario y ordenó que la compañía le abone una indemnización de $2 millones, además del valor de reposición del vehículo.

La Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial revocó una sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda. Los jueces consideraron que la aseguradora incumplió su deber de información porque no le advirtió al cliente que el débito automático había sido rechazado y que, por ese motivo, podía perder la cobertura.

Cómo fue el robo de la moto y por qué el seguro se negó a pagar

El caso comenzó el 10 de marzo de 2022, cuando el joven descubrió que le habían robado su Yamaha FZ16, que había dejado estacionada en la vía pública, en el barrio de Constitución. Después de realizar la denuncia policial, inició el trámite correspondiente ante la aseguradora para reclamar la cobertura del siniestro.

Sin embargo, la compañía rechazó el pedido porque el pago de la prima no se había concretado y sostuvo que el seguro estaba suspendido al momento del robo. La póliza tenía vigencia entre el 19 de febrero y el 19 de marzo de 2022, pero el débito automático de $2.539 había sido rechazado por falta de fondos en la cuenta bancaria del cliente.

El propietario explicó que había adherido el pago del seguro al débito automático y desconocía que la operación bancaria no se había realizado. Además, aseguró que, cuando denunció el robo, la aplicación de la aseguradora todavía mostraba la cobertura como activa.

Ante la negativa de la empresa, el joven presentó una demanda judicial en la que reclamó $700.000 por el valor de reposición de la motocicleta, $500.000 por privación de uso, $600.000 por daño moral y otros $500.000 por daño punitivo.

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Por qué la Justicia falló a favor del motociclista

En primera instancia, la Justicia rechazó la demanda porque consideró que la falta de pago de la prima provocaba la suspensión automática de la cobertura, según las condiciones de la póliza y la Ley de Seguros. Sin embargo, el propietario apeló la decisión y el caso llegó a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial.

Los jueces analizaron las obligaciones de la aseguradora dentro de una relación de consumo y determinaron que la empresa había incumplido su deber de información. El tribunal consideró que el joven había demostrado su intención de mantener vigente el seguro al adherir el pago al débito automático, pero la compañía no acreditó que le hubiera informado sobre el rechazo de la operación.

Para los magistrados, la aseguradora debía comunicarle al cliente que el pago no se había concretado y advertirle sobre las consecuencias que esa situación podía tener para su cobertura. De esa manera, el propietario habría tenido la posibilidad de regularizar la deuda antes de sufrir el robo de la motocicleta.

Cuánto deberá pagar la aseguradora por el robo de la moto

La Cámara Comercial ordenó que la compañía abone una indemnización de $2 millones, distribuidos en $1 millón por privación de uso y otro millón por daño moral. A esa suma deberá agregar el valor de reposición de la motocicleta, que todavía debe determinarse.

Para establecer ese monto, los jueces dispusieron que la aseguradora informe, dentro de un plazo de diez días, cuánto cuesta asegurar una motocicleta de características similares y con la misma antigüedad que tenía la Yamaha FZ16 al momento del robo. Si el modelo ya no se comercializa en Argentina, deberá tomar como referencia otro vehículo que lo haya reemplazado o que tenga prestaciones equivalentes.

Por último, el tribunal rechazó el reclamo de $500.000 por daño punitivo porque consideró que no se había demostrado una conducta intencional, reiterada o de especial gravedad por parte de la compañía. De esta manera, la sentencia reconoció el derecho del propietario a recibir una indemnización pese a que el débito automático de la cuota no se había concretado.

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