Aunque no se comprobó que hubiera grabado imágenes, el juez consideró que incurrió en maltrato agravado por razones de género.

La Justicia de Córdoba multó con $900.000 a un médico que utilizó anteojos inteligentes con capacidad para grabar videos durante una consulta ginecológica sin informar a la paciente. El juez José Milton Peralta consideró que el profesional incurrió en maltrato agravado por razones de género, aunque la investigación no logró demostrar que hubiera filmado o fotografiado a la mujer.
Además de la sanción económica, el magistrado ordenó que el médico realice un curso educativo sobre género en el Centro Integral de Varones de Córdoba. La resolución también tuvo en cuenta los comentarios inapropiados que el profesional dirigió a la paciente durante la atención.
El episodio ocurrió en febrero de 2026, cuando la mujer acudió al consultorio para recibir información sobre un procedimiento de crioconservación de óvulos. Durante la consulta, el médico le ofreció realizarle una ecografía transvaginal para evaluar su reserva ovárica.
Según la denuncia, el profesional llevaba puestos unos anteojos Ray-Ban Meta, un dispositivo tecnológico que permite tomar fotografías y registrar videos. Sin embargo, no le había informado a la paciente que utilizaba lentes con esas características.
Qué denunció la paciente durante la consulta ginecológica
La mujer cuestionó el comportamiento del médico y aseguró que durante la atención habría realizado contactos físicos indebidos. También denunció expresiones que consideró inapropiadas y el uso de anteojos con capacidad para captar imágenes sin su consentimiento informado sobre esa característica.
El caso llegó al Juzgado de Control y Faltas N° 7 de Córdoba, a cargo del juez José Milton Peralta, quien revisó una absolución previa dictada por la Unidad Contravencional de Género.
Durante la investigación, el profesional reconoció que llevaba puestos los anteojos inteligentes, pero sostuvo que los utilizaba como lentes multifocales y que las funciones de grabación permanecían desactivadas.
Los investigadores analizaron su teléfono celular y no encontraron fotografías ni videos relacionados con la consulta. Tampoco lograron extraer información directamente de los anteojos debido a limitaciones técnicas.
Por qué la Justicia multó al médico pese a no comprobar una grabación
El juez determinó que no existían pruebas suficientes para afirmar que el médico hubiera registrado imágenes de la paciente durante la consulta ginecológica. Tampoco consideró acreditados los contactos físicos indebidos denunciados por la mujer.
Sin embargo, entendió que utilizar un dispositivo capaz de filmar o tomar fotografías sin advertirlo previamente podía afectar la intimidad de la paciente y generar inseguridad durante una práctica médica de carácter íntimo.
La resolución también consideró acreditado que el profesional se dirigió a la mujer como “nena” y “nenita”, además de expresarle: “tenés los ovarios de una pendeja”.
El magistrado evaluó esas expresiones como infantilizantes y descalificantes en el contexto de una consulta relacionada con la salud reproductiva.
Por estos motivos, Peralta revocó la absolución inicial y declaró al médico responsable de maltrato agravado por razones de género.
Finalmente, la Justicia le impuso una multa de $900.000 y la obligación de asistir a un curso educativo sobre género en el Centro Integral de Varones de Córdoba.

