LA ANMAT PROHIBIÓ LA VENTA DE UN PRODUCTO “MANTECOL”

POR HABER SIDO FALSIFICADO

Mediante la Disposición 3604/2022, la Anmat prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país del producto falsificado en cuyo rótulo dice: “Postre a base de pasta de maní y cacao marca MANTECOL, RNE Nº 02-0000604, RNPA Nº 02-569076, presentación envase de plástico 3,3 Kg. Vencimiento 12/02/23, L18 140″, ya que no cumple la normativa vigente.

La medida se explica ya que se trata de un producto falsificado, que carece de registros y está falsamente rotulado al consignar en su información los registros de establecimiento y producto pertenecientes a la firma Mondelez Argentina SA, por lo que resulta ser ilegal. “Se trata de una golosina falsificada que utiliza la información de un alimento genuino, carece de registros y se encuentra falsamente rotulado”.



La golosina falsificada luce diferente contenido neto que el que se comercializa en la actualidad, la imagen del mantecol falsificado es poco nítida con bordes negros, y la denominación del falso dice “Postre a base de pasta de maní y cacao” mientras que el legítimo indica “Postre a base de pasta de maní con almendras y cacao”.

El producto falsificado (a la derecha) no posee insignias ni ilustraciones que indique “con almendras”, el vencimiento del mismo está impreso en la etiqueta sin fechador

Pero las diferencias no terminan ahí, además, el producto falsificado no posee insignias ni ilustraciones que indique “con almendras”, el vencimiento del mismo está impreso en la etiqueta sin fechador mientras que el legítimo utiliza código de lote y fecha de vencimiento impreso con tinta inkjet con codificación propia, la vida útil del legítimo es de un (1) año en tanto el producto falsificado exhibe en su rótulo una fecha de elaboración y un vencimiento, que resulta en una declaración de casi cinco (5) años.

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