La Corte dejó firmes las condenas por la muerte de Chirino

La Corte Suprema confirmó las penas por la muerte del soldado

Fachada del Palacio de Tribunales, sede de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

NewsITe

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firmes las condenas contra un grupo de militares por la muerte de Matías Ezequiel Chirino, el joven soldado que falleció en junio de 2022 tras un violento ritual de bienvenida en Paso de los Libres, provincia de Corrientes. Con esta decisión, el máximo tribunal cierra definitivamente la vía de revisión de las penas impuestas y ratifica la calificación legal fijada en instancias anteriores.

Chirino, de 22 años y oriundo de Córdoba, había sido destinado al Grupo de Artillería de Monte 3. La noche del 18 al 19 de junio de 2022 participó de una cena de bienvenida en el Casino de Oficiales, donde, según quedó acreditado en el expediente, oficiales de rango superior ordenaron el consumo excesivo de alcohol y sometieron a los egresados del Colegio Militar a prácticas degradantes y humillantes.

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De acuerdo con la reconstrucción judicial, el joven fue obligado, junto a otros dos compañeros, a ingerir grandes cantidades de bebidas alcohólicas y a sumergirse en una pileta pese a las bajas temperaturas registradas esa madrugada. Cuando perdió el conocimiento, fue acostado sobre un colchón en el piso, sin abrigo adecuado ni calefacción, y quedó sin la supervisión o asistencia mínima que su estado requería.

Las pericias médicas determinaron que la causa de muerte fue una “asfixia mecánica por broncoaspiración de contenido gástrico” en un contexto de severa intoxicación alcohólica. Para los tribunales, la cadena de decisiones y omisiones de los superiores configuró los delitos de abandono de persona seguido de muerte y abuso de autoridad, descartando la figura de homicidio simple que habían reclamado la fiscalía y la querella.

Condenas confirmadas y debate sobre las responsabilidades

En noviembre de 2024, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes condenó a ocho años de prisión a los capitanes Rubén Darío Ruiz, Claudio Andrés Luna y Hugo Reclus Martínez Tárraga; al teniente Exequiel Emanuel Aguilar; al teniente primero Darío Emanuel Martínez; y al subteniente Luis Facundo Acosta. Más tarde, en diciembre de 2025, la Cámara Federal de Casación Penal ratificó la responsabilidad penal pero redujo los montos de las penas.

Tras esa revisión, Luna y Acosta recibieron siete años y seis meses de prisión; Ruiz y Martínez Tárraga, siete años; mientras que Martínez y Aguilar fueron condenados a seis años y seis meses. En la misma resolución, Casación revocó la absolución del subteniente Gerardo Sebastián Bautista y lo condenó también a seis años y medio, y confirmó las absoluciones del teniente Franco Damián Grupico y de la subteniente Claudia Daniela Cayata.

  • Las condenas quedaron firmes al desestimar la Corte los recursos de las defensas.
  • El máximo tribunal también rechazó los planteos de la fiscalía y la querella que buscaban agravar la calificación legal.

La intervención de la Corte se limitó a la aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que habilita a rechazar recursos extraordinarios sin exponer fundamentos, lo que implica convalidar lo resuelto por los tribunales inferiores. De este modo, el fallo de Casación y las penas impuestas pasan a tener carácter definitivo.

La muerte de Matías Chirino expuso una vez más las consecuencias letales de prácticas naturalizadas en ciertos ámbitos castrenses, que vulneran derechos fundamentales y chocan con las normas vigentes en materia de derechos humanos y jerarquías dentro de las Fuerzas Armadas.

La causa se convirtió en un caso testigo frente a los denominados “bautismos” o “rituales de bienvenida” dentro de unidades militares. Organismos de derechos humanos y especialistas en derecho penal valoran que la confirmación de las condenas sienta un precedente para desalentar estas prácticas y refuerza la obligación de los mandos superiores de garantizar la integridad física y la dignidad de los subalternos. Para la familia de Chirino, la decisión de la Corte representa un cierre judicial que, aunque no repara la pérdida, reconoce la responsabilidad institucional en su muerte.

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