El proyecto obtuvo media sanción y establece procedimientos judiciales más rápidos para recuperar inmuebles. También fija una intimación mínima de diez días para los inquilinos con deudas y contempla resguardos cuando existan personas vulnerables.

La Cámara de Diputados dio media sanción a un proyecto que modifica las reglas para desalojar inmuebles urbanos y rurales y podría reducir los tiempos judiciales para propietarios que reclamen la restitución de una propiedad. La iniciativa deberá regresar ahora al Senado debido a los cambios introducidos durante su tratamiento.
Uno de los puntos centrales establece que las demandas de desalojo deberán tramitar mediante un juicio sumarísimo, una vía judicial más breve que el procedimiento ordinario. El objetivo consiste en acelerar la resolución cuando exista una obligación comprobable de devolver el inmueble.
El proyecto no habilita solamente a los propietarios para iniciar el procedimiento. También permite reclamar a cualquier persona que pueda acreditar un derecho o interés legítimo sobre la propiedad frente a locatarios, sublocatarios, ocupantes precarios, intrusos u otras personas obligadas a restituirla.
En los alquileres destinados a vivienda, la iniciativa mantiene una instancia previa antes de avanzar judicialmente por falta de pago. El propietario deberá intimar de manera fehaciente al inquilino y concederle un plazo mínimo de diez días corridos para cancelar lo adeudado.
De acuerdo con Infobae, esa intimación deberá informar el lugar donde debe realizarse el pago y podrá enviarse al domicilio físico o electrónico declarado en el contrato. La notificación conservará su validez cuando el destinatario se niegue a recibirla o impida su recepción por una causa atribuible a él.
Una vez vencido el plazo, el propietario podrá acudir a la Justicia si el inquilino no cancela la deuda ni devuelve el inmueble. La iniciativa busca que ese reclamo avance mediante el procedimiento más breve disponible y reduzca las demoras que actualmente pueden extender los conflictos durante meses.
Qué ocurrirá con las llaves y las ocupaciones
El texto también regula la devolución de las llaves al terminar un contrato. El propietario deberá recibirlas aunque existan deudas pendientes y podrá reservarse posteriormente el derecho de reclamar esas obligaciones.
Si el dueño rechaza las llaves o no responde al pedido del inquilino, este podrá depositarlas judicialmente. Cuando cumpla ese procedimiento dentro del plazo establecido, dejarán de acumularse alquileres y otras obligaciones vinculadas con la ocupación del inmueble.
El proyecto introduce además mecanismos más rápidos en los casos de ocupaciones precarias o intrusiones. Un juez podrá ordenar la entrega inmediata de la propiedad después de contestada la demanda cuando considere verosímil el derecho invocado por quien reclama el inmueble.
La iniciativa también establece controles para evitar abusos. Si un demandante consigue una entrega anticipada ocultando información sobre la existencia de un alquiler o sobre pagos realizados, la Justicia podrá imponerle una multa de hasta diez veces el valor del último alquiler.
Infobae detalló además que el texto incorpora protecciones específicas cuando en la vivienda existan menores, personas con discapacidad o adultos mayores en situación de desamparo. Antes del lanzamiento, el juez deberá dar intervención a los organismos locales de protección y al Ministerio Público Tutelar.
En esos casos, la Justicia podrá otorgar hasta diez días para gestionar una solución habitacional transitoria. Esa medida no frenará definitivamente el proceso de desalojo, pero buscará reducir las consecuencias sobre las personas que acrediten una situación de vulnerabilidad.
El proyecto deberá volver al Senado
La Cámara de Diputados aprobó la iniciativa de Inviolabilidad de la Propiedad Privada con 124 votos afirmativos, 119 negativos y seis abstenciones. Como los diputados modificaron el texto que había llegado desde el Senado, la Cámara alta deberá volver a analizarlo antes de su eventual sanción definitiva.
La reforma también alcanza otras cuestiones vinculadas con la propiedad privada, entre ellas las expropiaciones, la regularización dominial y los registros inmobiliarios. Además, el texto restituye la plena vigencia de la Ley de Tierras, que establece límites para la adquisición de superficies rurales por parte de extranjeros.
Si el Senado acepta las modificaciones y el Poder Ejecutivo promulga la norma, la mayor parte de sus disposiciones comenzará a regir al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial. Hasta entonces, los cambios sobre desalojos todavía no tienen vigencia y continúan sujetos al trámite legislativo.

