La defensa insiste en que Luque fue “chivo expiatorio” en la muerte de Maradona

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En una extensa jornada en los Tribunales de San Isidro, la defensa del neurocirujano Leopoldo Luque reclamó la absolución del ex médico personal de Diego Armando Maradona en el juicio por la muerte del astro del fútbol mundial. Los abogados Francisco Oneto y Roberto Rallín sostuvieron que su cliente se convirtió en el “chivo expiatorio” de la causa y cuestionaron con dureza las conclusiones de la Junta Médica Interdisciplinaria realizada en 2021.
Luque está acusado por homicidio simple con dolo eventual y afronta un pedido de pena que llega hasta los 16 años de prisión. Para sus defensores, esa imputación es desproporcionada y se apoya en una interpretación errónea del cuadro clínico del excapitán de la Selección argentina en los días previos a su fallecimiento, ocurrido el 25 de noviembre de 2020 en la casa del barrio privado San Andrés, en Tigre.
Oneto, uno de los protagonistas centrales del segundo debate oral por la muerte de Maradona, dedicó buena parte de sus ocho horas de alegato a discutir la hipótesis de una “agonía de 12 horas” y la existencia de signos claros de insuficiencia cardíaca y edema generalizado. Según el letrado, la evidencia “convergente” indica que el corazón de Maradona estaba sano y que no puede sostenerse científicamente que haya transitado un largo período de sufrimiento previo al desenlace.
El abogado recordó, además, que la medicación cardíaca le fue retirada al exfutbolista en 2007, bajo la atención del médico Alfredo Cahe, cuando Luque aún no formaba parte de su entorno. En esa línea, apuntó a la responsabilidad de la empresa de medicina prepaga y del dispositivo de internación domiciliaria, al afirmar que la residencia en el country de Tigre fue organizada con fines principalmente psiquiátricos y no como una internación clínica integral.
Cuestionamientos a la Junta Médica y al rol de la prepaga
Para reforzar su postura, Oneto citó el informe del perito de parte Pablo María Ferrari, jefe de la Asesoría Pericial de San Isidro. De acuerdo con ese documento, la muerte de Maradona se habría producido por un cuadro “súbito e impredecible”, incompatible con la idea de un edema agudo de pulmón prolongado en el tiempo. “No se puede castigar a alguien por algo que no pudo haber evitado”, remarcó el defensor, al pedir que los jueces no actúen como “semidioses”, sino con estricta justicia.
Rallín, por su parte, hizo hincapié en la personalidad de Maradona y en su capacidad de decisión. Aseguró que el ex entrenador de la Selección, Gimnasia y Esgrima La Plata y otros clubes estaba “lúcido, orientado en tiempo y espacio” y que solía rechazar estudios médicos y acompañamientos terapéuticos. En el juicio, recordó que incluso llegó a despedir a profesionales, entre ellos al propio Luque y al clínico Pedro Di Spagna, pocos días antes de su muerte.
- La defensa afirmó que la internación domiciliaria estuvo manejada por la empresa de medicina prepaga “a través de Forlini”.
- Calificó de “ilegal” el acta de externación de la Clínica Olivos y la rompió en plena audiencia como gesto simbólico.
- Sostuvo que el edema en el rostro de Maradona “no es un signo de alarma ni de insuficiencia cardíaca”.
Los abogados remarcaron que Luque “nunca estuvo en la cadena de la internación domiciliaria” y que su intervención decisiva fue la neurocirugía por el hematoma subdural, en la que –según plantearon– “le salvó la vida” al ídolo. También repudiaron lo que consideran un intento de las fiscalías y las querellas de cargar sobre el médico toda la responsabilidad de un desenlace trágico y complejo, en el marco de un entramado sanitario y familiar amplio.
“A Luque le piden 16 años, la misma pena que para alguien que va con un arma y mata a quemarropa”, señaló Rallín, al reclamar que dentro de 200 años se recuerde que “todavía hay jueces en San Isidro” que no lo condenaron.
Como pedido subsidiario, Oneto solicitó que, en caso de una eventual condena, se encuadre el caso como homicidio culposo con la pena mínima de dos años de prisión y sin inhabilitación para ejercer la medicina. El Tribunal Oral en lo Criminal N.º 7 de San Isidro deberá ahora evaluar los planteos de todas las partes antes de dictar sentencia en uno de los juicios más sensibles de los últimos años para la opinión pública argentina.

