La Suprema Corte volvió a declarar inconstitucional el límite de 50 años para ingresar a la docencia

El máximo tribunal bonaerense habilitó a una maestra de 54 años a inscribirse en los listados oficiales para acceder a cargos titulares. Además, volvió a reclamar al Poder Ejecutivo y a la Legislatura que modifiquen o deroguen la restricción vigente.

La Suprema Corte de Justicia bonaerense volvió a declarar inconstitucional el límite de 50 años establecido para ingresar a la docencia como titular y ordenó permitir la inscripción de una maestra de 54 años en los listados oficiales. El tribunal también exhortó al Poder Ejecutivo y a la Legislatura provincial a revisar o derogar una normativa que cuestionó en numerosas oportunidades durante las últimas dos décadas.

La resolución surgió a partir del reclamo de una docente que trabaja como maestra de grado desde 2011 en una escuela primaria de Lomas de Zamora. Cuando intentó anotarse en los listados oficiales correspondientes al ciclo lectivo 2026, recibió una respuesta negativa exclusivamente porque sus 54 años superaban el límite previsto por el artículo 57 inciso “e” de la ley 10.579.

La norma establece los requisitos para el ingreso a la docencia titular y fija una restricción vinculada con la edad. La decisión judicial habilitó ahora a la docente a inscribirse en los listados y acceder a los cargos que correspondan de acuerdo con su título.

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La Provincia, a través del Asesor General de Gobierno, se allanó al planteo presentado por la maestra, tal como ocurrió en otros casos similares. Sin embargo, la Suprema Corte volvió a señalar que la norma permanece vigente pese a los sucesivos pronunciamientos judiciales que cuestionaron su constitucionalidad.

La Corte cuestionó el límite de edad para los docentes

Para fundamentar su decisión, el máximo tribunal provincial recordó antecedentes judiciales que se remontan a 2002 y continuaron mediante diferentes fallos durante las décadas posteriores. Los jueces consideraron que superar los 50 años no constituye por sí mismo un elemento que permita establecer si una persona cuenta o no con las condiciones necesarias para ejercer la docencia.

“La edad no revela por sí sola la falta de idoneidad para acceder al ejercicio de la docencia”, sostuvo la Suprema Corte. El tribunal determinó que la diferencia de trato establecida por la legislación no cuenta con una justificación razonable.

Los jueces también marcaron una contradicción dentro de la normativa vigente: docentes mayores de 50 años pueden continuar frente a alumnos bajo determinadas condiciones, mientras que otras personas con la misma capacitación profesional encuentran una restricción por edad cuando pretenden ingresar como titulares. La Corte consideró que esta situación establece una diferencia arbitraria entre personas con igual preparación.

El fallo también vinculó la restricción con derechos constitucionales como la igualdad y el derecho a trabajar. “Una disposición limitativa solo por razones de edad configura una distinción de trato ofensiva a la dignidad humana”, afirmó el máximo tribunal bonaerense.

Un nuevo pedido para modificar o derogar la norma

La Suprema Corte también cuestionó que la legislación establezca una división rígida entre las personas mayores y menores de 50 años para acceder a la titularidad docente. Según expresaron los jueces, ese límite “no guarda adecuada proporción con la necesidad de asegurar los fines que la educación pública persigue”.

El tribunal sostuvo que alcanzar determinada edad no permite presumir que una persona carezca de las condiciones necesarias para desempeñar la actividad docente. Por ese motivo, además de resolver el caso particular de la maestra de Lomas de Zamora, volvió a dirigir un reclamo hacia los poderes Ejecutivo y Legislativo de la provincia de Buenos Aires.

La Corte advirtió que sus diferentes pronunciamientos contra el artículo 57 inciso “e” todavía no derivaron en una modificación de la legislación. “Hasta el momento ni el Poder Ejecutivo como tampoco la Legislatura han propiciado la modificación o derogación del precepto tantas veces fulminado”, señalaron los jueces.

De esta manera, la Suprema Corte volvió a declarar inconstitucional el límite de 50 años en un caso particular y habilitó a la docente de 54 años a continuar con su inscripción. Al mismo tiempo, reiteró su pedido para que los poderes políticos revisen una disposición que permanece vigente pese a los sucesivos fallos en su contra.

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