Polémica en Tierra del Fuego por un fallo que declara prescripta la causa

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Un fallo del Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego generó fuerte controversia al declarar prescripta la acción penal contra Ramón Ángel Abregú, condenado en el año 2000 a 20 años de prisión por asesinar a balazos a su esposa embarazada en la ciudad de Río Grande. Con esta decisión, el hombre quedó sobreseído y recuperó la libertad tras más de dos décadas prófugo.
El caso se remonta al 23 de enero de 2000, cuando Abregú ingresó a un consultorio de la clínica Cemep y efectuó cuatro disparos contra su expareja, Eva Azulina Falcón, quien cursaba un embarazo. El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Norte lo encontró responsable de homicidio simple en concurso ideal con aborto preterintencional y tenencia de arma de guerra sin autorización, imponiéndole una pena de 20 años de prisión.
La condena fue confirmada el 1 de marzo de 2001 por el propio Superior Tribunal de Justicia, que rechazó el recurso de casación de la defensa. Sin embargo, ese mismo año Abregú se fugó de la unidad penitenciaria donde estaba detenido y permaneció prófugo durante 22 años. Recién en octubre de 2023 se presentó ante la Justicia y solicitó que se declarara prescripta la causa, argumentando el extenso tiempo transcurrido sin avances procesales.
El razonamiento jurídico del Superior Tribunal
De acuerdo con la resolución difundida, la mayoría del Superior Tribunal entendió que durante el período en que Abregú estuvo prófugo no se realizaron actos con capacidad legal para interrumpir el plazo de prescripción de la acción penal. Para fundamentar su postura, los jueces tomaron como referencia el precedente «Ilarraz» de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que fija criterios sobre la prescripción y su compatibilidad con las garantías constitucionales y los tratados internacionales.
La decisión fue adoptada por mayoría, con los votos favorables de los jueces María del Carmen Battaini, Javier Muchnik y Sergio Diéguez. En consecuencia, el tribunal declaró extinguida la acción penal por prescripción, dispuso el sobreseimiento de Abregú y ordenó su inmediata libertad, pese a que la condena firme por homicidio y aborto preterintencional continuaba vigente hasta ese momento.
Disidencia y cuestionamientos por perspectiva de género
El juez Ernesto Löffler votó en disidencia y cuestionó duramente que se admitiera la prescripción en un caso atravesado por la violencia de género. En su voto, advirtió que convalidar la extinción de la acción penal en estas circunstancias implica «perpetuar patrones socioculturales vinculados con la desigualdad y la violencia basada en la condición de mujer», alejándose de los compromisos internacionales asumidos por el Estado argentino.
- Löffler sostuvo que el análisis debía realizarse con perspectiva de género y a la luz de las convenciones internacionales sobre derechos humanos y de las mujeres.
- También señaló que decisiones de este tipo pueden enviar un mensaje contrario a las políticas de prevención y sanción de la violencia machista.
«Admitir la prescripción de la acción penal en este caso implicaría perpetuar patrones socioculturales vinculados con la desigualdad y la violencia basada en la condición de mujer», argumentó el juez Löffler en su voto en disidencia.
El fallo se conoce en un contexto de creciente demanda social por respuestas más firmes frente a los femicidios y la violencia de género. Organizaciones de derechos humanos y sectores vinculados a la justicia con perspectiva de género anticipan que el caso podría reabrir el debate sobre los límites de la prescripción en delitos graves cometidos contra mujeres y personas gestantes, así como sobre las obligaciones del Estado de investigar, sancionar y reparar este tipo de crímenes.

