Derrame de vinaza: la Corte abre la puerta a una condena más dura

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación avaló que se vuelva a analizar el monto de las penas impuestas a Jorge Alberto Rocchia Ferro, presidente de la Compañía Azucarera Los Balcanes, y a José Ramón Coronel, gerente de la firma, en la causa por graves hechos de contaminación ambiental vinculados al Ingenio La Florida, en Tucumán.
Con las firmas de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal desestimó los recursos extraordinarios presentados por las defensas y dejó firme un fallo previo de la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal que había ordenado revisar las condenas dictadas en el juicio oral.
El expediente se originó por una serie de derrames de residuos industriales considerados peligrosos, en particular vinaza en estado puro, producidos entre 2011 y 2013. La vinaza es un efluente líquido generado por la industria azucarera y alcoholera, con alta carga orgánica, que puede provocar severos daños al ambiente y a los cursos de agua si no recibe un tratamiento adecuado.
Contaminación en canales de Tucumán y Santiago del Estero
De acuerdo con la acusación fiscal, en agosto de 2011 se verificó contaminación del aire y del entorno en la zona del Ingenio La Florida, a partir de la emisión y descarga de desechos derivados de la actividad industrial. Meses más tarde, en octubre de 2012, se produjo un derrame de más de 80 millones de litros de vinaza en el denominado “Canal del Este”, en la provincia de Tucumán.
La investigación también abarcó un nuevo episodio ocurrido en enero de 2013, cuando otro derrame alcanzó el canal pluvial Interprovincial del Este, que atraviesa la localidad de El Arenal, en el departamento de Jiménez, provincia de Santiago del Estero. Para la Fiscalía, estos hechos generaron un “daño ambiental severo” y un “grave riesgo para la salud” de las comunidades cercanas.
Condena inicial y planteo de agravar las penas
En 2023, el Tribunal Oral Federal de Santiago del Estero condenó a Rocchia Ferro y a Coronel a tres años de prisión de ejecución condicional por el delito de contaminación ambiental, además de imponerles multas de 100 mil y 85 mil pesos, respectivamente. Las sanciones se basaron en los artículos de la Ley de Residuos Peligrosos y del Código Penal vinculados a delitos contra el ambiente.
No obstante, la Fiscalía consideró que la magnitud del daño y la reiteración de los hechos ameritaban penas de prisión efectiva: había solicitado siete años y medio para el presidente de la compañía y seis años y medio para el gerente. Ante la diferencia con lo decidido por el tribunal oral, el Ministerio Público interpuso recurso ante Casación.
Qué resolvió la Cámara de Casación y la intervención de la Corte
- La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar parcialmente al planteo fiscal.
- Consideró que la pena de tres años de prisión en suspenso no era “proporcionada a la intensidad antijurídica de los hechos”.
- Dispuso que el caso volviera al tribunal de origen para que se fijara una nueva pena, acorde a la gravedad del daño ambiental.
Frente a esa decisión, las defensas de los directivos de Los Balcanes presentaron un recurso extraordinario ante la Corte Suprema, con el objetivo de frenar el posible aumento de la condena. El máximo tribunal, sin embargo, rechazó esos planteos y dejó habilitada la instancia para que se dicte una nueva pena.
La resolución de la Corte no fija el monto de la condena, pero consolida el criterio de que los jueces deben ponderar con rigor la gravedad de los delitos ambientales y su impacto sobre la salud de la población.
De este modo, el expediente regresará al Tribunal Oral Federal de Santiago del Estero, que deberá volver a evaluar las circunstancias del caso y establecer una nueva pena para Rocchia Ferro y Coronel. El proceso se inscribe en un contexto de creciente atención judicial y social sobre los delitos ambientales y el uso responsable de los recursos hídricos en las regiones productivas del país.

