La IGJ facilita crear sociedades y sumar criptoactivos

La IGJ introduce cambios clave en el régimen societario

Sede de la Inspección General de Justicia en Buenos Aires

NewsITe

La Inspección General de Justicia (IGJ) dispuso una serie de modificaciones regulatorias que simplifican la constitución de sociedades en la Ciudad de Buenos Aires y actualizan el tratamiento de los aportes de capital, incorporando de manera expresa los activos virtuales como criptoactivos y otros bienes digitales. Los cambios se formalizaron mediante la Resolución General 11/2026, publicada en el Boletín Oficial.

El objetivo central de la medida es reducir costos y tiempos de cumplimiento para las personas jurídicas, aligerando exigencias formales que, en la práctica, se habían convertido en una barrera de ingreso al registro para emprendedores y pequeñas y medianas empresas. A la vez, la norma reorienta el rol de la IGJ hacia un control más eficiente y menos burocrático de la actividad societaria.

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Objeto social más flexible y menos trabas formales

Entre los puntos más relevantes, la resolución permite que el objeto social de una sociedad se integre por una o varias categorías de actividades sin necesidad de demostrar conexidad, complementariedad o accesoriedad entre ellas. Tampoco exigirá que el capital social se adecue estrictamente a la naturaleza del objeto, lo que otorga mayor flexibilidad al diseño de los proyectos empresariales.

En el caso de las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), se ratifica la posibilidad de utilizar la fórmula amplia “realizar cualquier actividad lícita”, una redacción que ya se venía empleando en la práctica y que otorga margen para diversificar negocios sin tener que modificar el estatuto con cada cambio de rumbo.

Menos exigencias de dictámenes profesionales

Otro cambio importante es la dispensa de la presentación obligatoria del dictamen de precalificación profesional para la constitución de sociedades y para una serie de trámites específicos. Este requisito pasa a ser optativo, lo que impacta directamente en la reducción de costos iniciales para quienes buscan formalizar su emprendimiento.

Si bien los profesionales seguirán teniendo un rol relevante en la asesoría jurídica y contable, la IGJ apunta a que el dictamen no sea una traba automática, sino una herramienta disponible cuando la complejidad del caso lo amerite.

Reglas para aportes en efectivo y activos virtuales

La resolución también introduce mecanismos alternativos para acreditar aportes de capital. En el caso de aportes dinerarios de montos menores, se establece que, cuando la suma sea igual o inferior a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles, la integración del efectivo podrá validarse mediante una declaración jurada suscripta por el administrador o por los socios constituyentes, sin necesidad de documentación bancaria adicional.

Uno de los puntos más novedosos es la reglamentación de los aportes de activos virtuales al capital social. A partir de ahora, quienes deseen integrar criptoactivos u otros activos digitales deberán identificarlos de forma precisa, acreditar la titularidad previa de dichos bienes y realizar el depósito en una billetera o plataforma operada por un Proveedor de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) registrado ante la Comisión Nacional de Valores (CNV).

Valuación para SAS y nuevas herramientas electrónicas

Para las SAS, se flexibiliza además la valuación de los aportes no dinerarios: los socios podrán fijar el valor de estos bienes de manera unánime mediante una declaración jurada, sin requerir tasaciones externas obligatorias. Esto facilita la incorporación de bienes intangibles, tecnología o know how al capital.

La resolución autoriza, por otro lado, la constitución de una sede electrónica complementaria a la sede física, lo que permite canalizar notificaciones y comunicaciones oficiales por medios digitales. También habilita la reserva preventiva de hasta tres denominaciones sociales por un plazo de 30 días, facilitando la elección del nombre comercial antes de completar la inscripción.

  • Flexibilización del objeto social y del capital mínimo asociado.
  • Reducción de costos mediante la dispensa del dictamen de precalificación.
  • Regulación específica para aportes de activos virtuales al capital social.
  • Mayor agilidad con sedes electrónicas y reservas de nombre.

Con estos cambios, la IGJ busca modernizar el régimen societario y acercarlo a las necesidades de emprendedores y empresas que operan en un entorno cada vez más digitalizado.

En conjunto, las nuevas disposiciones apuntan a un esquema registral más moderno y alineado con la evolución de los negocios, en particular con el avance de los activos virtuales y las herramientas electrónicas de gestión corporativa. Se espera que la simplificación de trámites contribuya a formalizar proyectos que hoy se mantienen en la informalidad por los costos y tiempos asociados a la inscripción societaria.

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