ANMAT desmiente aumentos de tasas y cambios en exenciones

ANMAT aclaró que no creó nuevos aranceles ni eliminó exenciones

Sede de la ANMAT en la Ciudad de Buenos Aires

NewsITe

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) salió a aclarar el alcance de la Disposición 5461/2026, luego de que circularan versiones sobre la supuesta creación de nuevos aranceles y la eliminación de exenciones en operaciones de comercio exterior. El organismo regulador negó de manera categórica esas interpretaciones y sostuvo que el esquema de tasas vigente no sufrió modificaciones sustantivas desde junio de este año.

Según indicaron fuentes de la ANMAT a la agencia Noticias Argentinas, la norma, publicada el 28 de agosto y en vigencia desde el 1° de septiembre, no estableció nuevas tasas ni incrementos sobre las ya existentes. El objetivo central de la medida fue fijar un tope máximo a las alícuotas aplicadas en determinadas operaciones de importación de gran volumen, con la intención de corregir distorsiones y otorgar mayor previsibilidad a las empresas del sector.

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Desde el organismo recordaron que, históricamente, la estructura arancelaria de ANMAT no contempla exenciones para los sujetos obligados al pago de tasas por operaciones de comercio exterior. En esa línea, remarcaron que todas las importaciones de medicamentos y materias primas destinadas a la producción nacional se encuentran alcanzadas por estos aranceles, sin limitarse a fármacos de alto costo ni a insumos de alta complejidad.

El alcance incluye también a los productos médicos clasificados como Clase 3 y 4 que son importados al país. Las tasas de comercio exterior, explicaron, son abonadas por personas jurídicas, principalmente empresas importadoras, laboratorios y droguerías, que son quienes realizan los trámites comerciales ante la ANMAT.

Personas con discapacidad: sin cambios en el régimen vigente

Frente a versiones que indicaban posibles trabas o encarecimiento de trámites vinculados a personas con discapacidad, la ANMAT aseguró que no existen gestiones frenadas por ese motivo y que el régimen de exenciones para personas humanas continúa sin alteraciones. Las personas que cuentan con Certificado Único de Discapacidad (CUD) no pagan estos aranceles y, además, no realizan trámites comerciales de importación, por tratarse de un esquema dirigido a operadores del comercio exterior.

En su descargo, la autoridad sanitaria calificó como “carente de fundamento técnico y operativo” la vinculación que algunos sectores hicieron entre el establecimiento de un tope arancelario para empresas importadoras y la tramitación individual de pacientes con CUD. Subrayó, en ese sentido, que los canales habituales de atención y los procesos administrativos funcionan con normalidad.

  • La Disposición 5461/2026 no crea nuevas tasas ni aumenta las existentes.
  • Se fija un tope máximo a las alícuotas para importaciones de gran volumen.
  • Las tasas alcanzan a empresas y operadores del comercio exterior, no a personas con discapacidad.

“Vincular el tope arancelario para importadores con los trámites de pacientes con CUD carece de fundamento técnico y operativo”, remarcaron desde ANMAT.

Con esta aclaración, la ANMAT buscó despejar dudas en el sector de la salud y entre los usuarios del sistema, en un contexto de alta sensibilidad por el costo de los medicamentos y la disponibilidad de tratamientos. El organismo insistió en que la medida apunta a ordenar y hacer más previsible el esquema de tasas para importadores, sin afectar los derechos ni el acceso a insumos y tratamientos de personas con discapacidad.

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