Juicio con jurado contra la esposa de Pedro Sánchez en Madrid

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El juez de instrucción número 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, dictó la apertura de un juicio con jurado popular contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, por presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación de caudales públicos. En la misma resolución, también envió a juicio a su asesora Cristina Álvarez, imputada por malversación.
En el auto, al que tuvo acceso la prensa española, el magistrado sostiene que existen “indicios racionales” de que la única explicación razonable de lo ocurrido es la “posición relacional” de la acusada, es decir, su vínculo directo con el jefe del Ejecutivo. En particular, pone el foco en la creación de una cátedra extraordinaria a medida de Gómez en la Universidad Complutense de Madrid (UCM) y en su designación como directora.
Según el juez, Gómez habría obtenido “una interlocución singular” con autoridades universitarias, empresas patrocinadoras y entidades tecnológicas gracias a su proximidad a Sánchez. Esa ventaja, a criterio del instructor, podría encuadrar en el delito de tráfico de influencias previsto en el artículo 429 del Código Penal, que sanciona al particular que influye sobre autoridades o funcionarios prevaliéndose de su relación personal con ellos.
La cátedra en la Complutense y el rol de Presidencia
El auto destaca como elemento central la rápida creación de la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva en la UCM. El entonces rector, Joaquín Goyache, declaró que conocía a Gómez solo “por los medios” y que, tras una reunión en el Palacio de La Moncloa, trasladó a un vicerrector la instrucción de “crear una cátedra para Begoña Gómez, la mujer del presidente”. Para el magistrado, la celeridad del trámite y el carácter personalizado de la cátedra revelan una situación de privilegio.
Peinado también subraya que Gómez habría hecho uso de una empleada retribuida por la Presidencia del Gobierno para tareas vinculadas a la cátedra y a un software asociado, acciones ajenas al cometido institucional del cargo. La universidad reclama 113.509,32 euros y, aunque el juez rechazó imponer fianzas o bloquear bienes, ordenó investigar la capacidad económica de la acusada a través de sus últimas declaraciones de IRPF. La asesora Álvarez, por su parte, habría percibido más de 400.000 euros brutos desde 2018 con fondos públicos mientras desarrollaba actividades ajenas a su función oficial.
Reacción política y cuestionamientos al proceso
Desde el Gobierno español calificaron la decisión judicial como “injusta”, “arbitraria” y parte de una “persecución” contra Gómez por ser la esposa del presidente. Fuentes de Moncloa sostienen que durante la instrucción quedó “clara y demostrada” la inocencia de la acusada y expresaron confianza en que el jurado popular será “ecuánime” y “impartirá justicia”. También consideran “intolerable” que la notificación del auto coincida nuevamente con un viaje internacional de Sánchez, en este caso a Nueva York para participar de la Asamblea General de la ONU.
En su resolución, Peinado remarca que, aunque el Ministerio Fiscal haya solicitado el sobreseimiento y no acuse, la ley faculta a los jueces a abrir el juicio oral cuando se trata de bienes jurídicos colectivos, incluso si la acusación popular sostiene sola la imputación. El instructor llega a comparar las conductas investigadas con prácticas “propias de regímenes absolutistas, por suerte ya olvidados”, afirmando que no existe un antecedente similar en la jurisprudencia reciente española.
“Las conductas que provienen de palacios presidenciales, como este supuesto, parecen más propias de regímenes absolutistas”, advirtió el juez Juan Carlos Peinado en su auto de apertura de juicio.
La causa, que combina elementos judiciales y fuerte impacto político, seguirá ahora su curso ante un jurado popular. El desarrollo del debate oral será determinante para establecer si los indicios señalados por el juez se traducen en responsabilidades penales o si, como sostiene el Gobierno, se trata de una persecución sin sustento jurídico contra la esposa del presidente.

