ARCA definió una nueva prórroga para Ganancias 2025

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a modificar el calendario impositivo y anunció una nueva prórroga para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. La medida, formalizada a través de la Resolución General 5898/2026 publicada en el Boletín Oficial, apunta a facilitar el cumplimiento de las obligaciones por parte de contribuyentes alcanzados por el tributo.
Se trata de la tercera extensión dispuesta por el organismo en el marco del mismo período. El vencimiento original ya había sido reprogramado primero al 27 de julio de 2026 y luego al 22 de septiembre de 2026. Ahora, ARCA decidió otorgar más tiempo exclusivamente para la presentación de la declaración jurada, aunque sin modificar las fechas de pago previamente vigentes.
De este modo, se mantiene la disociación entre las fechas de presentación y de ingreso del impuesto, un esquema que el organismo ya venía aplicando en las prórrogas anteriores. La decisión se fundamenta en “razones de administración tributaria”, según se detalla en la normativa, y busca dar margen adicional a personas humanas y sucesiones indivisas, tanto del régimen general como del simplificado.
Cuáles son las nuevas fechas clave
La resolución de ARCA establece el siguiente cronograma excepcional para el Impuesto a las Ganancias de personas humanas y sucesiones indivisas:
- Presentación de la declaración jurada de Ganancias 2025: el plazo se extiende hasta el 13 de octubre de 2026.
- Pago del saldo resultante de Ganancias 2025: se mantiene sin cambios, con vencimiento el 27 de julio de 2026.
- Primer anticipo de Ganancias 2026: no se vuelve a prorrogar y podrá cancelarse hasta el 24 de septiembre de 2026, inclusive.
En el caso del primer anticipo del período fiscal 2026, ARCA decidió no otorgar una nueva postergación. Esa obligación ya había sido diferida anteriormente hacia fines de agosto, pero ahora el organismo ratificó que el nuevo límite será el 24 de septiembre de 2026, sin perspectivas de nuevas extensiones en el corto plazo.
A quiénes alcanza y qué deben tener en cuenta
Las disposiciones alcanzan a todas las personas humanas y sucesiones indivisas que tributan el Impuesto a las Ganancias, sin importar si se encuentran encuadradas en el régimen general o en esquemas simplificados. Para estos contribuyentes, la prioridad inmediata será completar la declaración jurada 2025 dentro del plazo ampliado, revisando previamente la información fiscal disponible y las deducciones computables.
Especialistas en materia tributaria recomiendan no esperar al último día para cargar y enviar la información, a fin de evitar eventuales saturaciones del sistema y contar con margen para corregir inconsistencias. A su vez, recuerdan que la falta de presentación en término puede derivar en multas e intereses, aun cuando el saldo del impuesto ya se hubiera cancelado en la fecha original.
La nueva prórroga de ARCA otorga más tiempo para la declaración de Ganancias 2025, pero mantiene firme las fechas de pago y de anticipos para el período siguiente.
Con este esquema, ARCA procura equilibrar las necesidades operativas del organismo con las posibilidades de cumplimiento de los contribuyentes, en un contexto de alta carga impositiva y cambios frecuentes en la normativa. Quienes todavía no hayan presentado su declaración jurada de Ganancias 2025 cuentan ahora con tiempo hasta el 13 de octubre de 2026 para ponerse al día.

