El registro municipal establece un pago inicial y una patente anual, aunque los animales esterilizados quedan exentos de esta última. La medida integra un plan orientado al control sanitario y la tenencia responsable.

La Municipalidad de El Chaltén aplica un sistema de registro, identificación y patentamiento de mascotas. La Ordenanza Nº 42 creó este régimen en 2017, mientras que una modificación sancionada en 2021 incorporó cambios en la normativa.
El sistema contempla una Tasa de Registro y Patentamiento Inicial de Mascotas. El responsable debe pagarla una sola vez cuando inscribe al animal y su valor equivale a 15 módulos.
El costo aumenta cuando una persona registra varios animales. La tercera mascota abona 30 módulos, mientras que cada ejemplar adicional paga 45 módulos.
La normativa también establece una Patente Única de Mascotas equivalente a 10 módulos. El responsable debe pagarla anualmente, salvo durante el primer año, cuando la abona junto con la inscripción inicial.
Sin embargo, la ordenanza contempla una exención destinada a fomentar la castración. Los animales registrados, identificados y esterilizados dejan de pagar la patente anual desde que se realiza la intervención.
Los documentos municipales expresan todos los valores en módulos y no detallan su equivalencia actual en pesos. La Municipalidad incorpora esos importes a la ordenanza tarifaria vigente.
La medida integra el Plan Integral de Tenencia Responsable de Mascotas. La iniciativa regula el cuidado, la circulación y la permanencia de perros y gatos dentro del ejido urbano de El Chaltén.
La normativa busca controlar la población animal, prevenir enfermedades y reducir los riesgos que generan las mascotas sueltas. También apunta a evitar el abandono, el maltrato, la reproducción indiscriminada y los daños en los espacios públicos.
Registro y obligaciones de los responsables
El Chaltén cuenta con el Registro Municipal de Mascotas, denominado ReMMa. Este sistema vincula a cada animal con su responsable e incorpora información sobre sus características, estado sanitario, vacunación y esterilización.
La inscripción requiere la presencia de una persona mayor de 18 años. El responsable debe informar su nombre, domicilio, documento, teléfono y correo electrónico.
El registro también incorpora el nombre, la fecha de nacimiento, la raza y las características físicas del animal. Además, deja constancia de su vacunación y esterilización.
Los responsables deben comunicar cualquier modificación posterior dentro de un plazo máximo de 30 días. Esta obligación también alcanza al fallecimiento del animal.
La identificación de los cachorros debe realizarse después de que cumplan 90 días. La Dirección de Comercio puede evaluar las condiciones de habitabilidad cuando una persona registra más de dos animales.
La normativa también exige que los responsables brinden alimentación adecuada, asistencia sanitaria y atención veterinaria. Además, deben garantizar un lugar acorde con las necesidades fisiológicas de cada mascota.
Los predios particulares que albergan animales deben contar con un canil, cerco u otro sistema de contención. Esa protección debe impedir que la mascota circule libremente hacia la vía pública.
Los responsables también deben esterilizar a sus mascotas y mantener vigente el certificado de vacunación antirrábica. La falta de este documento constituye una infracción grave.
La Municipalidad realiza controles periódicos dentro del ejido urbano para detectar animales sueltos. La Dirección de Comercio trabaja junto con el veterinario municipal en estas inspecciones.
Cómo deben circular las mascotas
Los perros deben circular por los espacios públicos acompañados por una persona, con collar y correa. Aquellos que presenten características físicas peligrosas o antecedentes de agresividad también deben utilizar bozal.
La persona responsable debe recoger las deposiciones que el animal deje en la vía pública. La ordenanza prohíbe que las mascotas ensucien o dañen plazas, calles y otros lugares de uso común.
Quienes trasladen animales en el transporte público deben utilizar caniles o transportines adecuados para su tamaño y peso. En vehículos abiertos, como camionetas, deben sujetarlos con una correa y colocarles bozal cuando corresponda.
La normativa también establece que quienes circulen con más de tres perros deben inscribirse en el registro municipal como paseadores. Este requisito permite identificar a las personas que desarrollan esa actividad dentro de la localidad.
La ordenanza prohíbe maltratar, agredir, abandonar o vender mascotas dentro del ejido urbano. Tampoco permite organizar carreras o peleas de perros ni trasladar animales en vehículos destinados al transporte de alimentos.
Los animales no pueden permanecer en comercios o lugares de atención al público. La prohibición no alcanza a las veterinarias habilitadas ni a los perros lazarillos o guías que acompañan a personas no videntes.
La norma también identifica como potencialmente peligrosos a los perros capaces de causar lesiones graves por su carácter o características físicas. La misma clasificación alcanza a los ejemplares con antecedentes de agresiones o entrenados para ataque y defensa.
Sus responsables deben alojarlos en lugares seguros y resistentes, sin permitir que asomen la cabeza fuera de la propiedad. El predio también debe exhibir una advertencia sobre la presencia del animal.
Controles ante ataques y animales sueltos
Las personas que sufran un ataque pueden presentar una denuncia ante la Dirección de Comercio. Si el animal provoca lesiones, la víctima debe acompañar un certificado médico o veterinario que deje constancia de los daños.
Cuando el ataque involucra a un perro sin responsable identificado, el municipio puede ordenar su captura y someterlo a un control antirrábico. La observación se extiende durante diez días consecutivos desde la fecha de la mordedura.
Si el perro tiene propietario, el control puede desarrollarse en su domicilio bajo vigilancia profesional. El responsable debe presentar al animal o aportar un certificado veterinario dentro de las 24 horas requeridas por la autoridad.
La Dirección de Comercio puede capturar y alojar temporalmente a los perros que circulen sin acompañamiento. También puede intervenir cuando un animal provoque disturbios o represente una amenaza concreta para otras personas o mascotas.
El responsable debe pagar los gastos de manutención cuando el municipio retiene al animal. Por ese motivo, la Municipalidad solicita acudir rápidamente a la Secretaría de Comercio, Producción y Sanidad después de una captura.
La autoridad también puede disponer el traslado o la adopción cuando detecte condiciones que afecten el bienestar animal. Esa medida alcanza a los casos que provoquen olores, ruidos molestos o problemas derivados de la acumulación de mascotas.
La normativa declara a El Chaltén como municipio no eutanásico y prohíbe utilizar ese método para controlar animales abandonados. Solo admite la eutanasia bajo criterio veterinario cuando exista un deterioro significativo de la calidad de vida o riesgo para la salud humana.
La modificación sancionada en 2021 exceptuó de esa prohibición a los perros cimarrones. La ordenanza define así a los ejemplares domesticados que regresaron al estado salvaje o que siempre vivieron de manera salvaje en ambientes agrestes.
Esterilización, vacunación y sanciones
La Municipalidad adopta la esterilización quirúrgica como método oficial para evitar la reproducción indiscriminada. La autoridad debe organizar campañas masivas, sistemáticas, gratuitas o subvencionadas al menos una vez por año.
El plan también contempla jornadas de vacunación antirrábica y desparasitación. Estas acciones buscan prevenir enfermedades zoonóticas, controlar la población animal y facilitar el acceso de los vecinos a la atención sanitaria.
La Dirección de Comercio puede brindar asistencia veterinaria cuando comprueba que una persona carece de recursos. También puede esterilizar y vacunar a los animales que permanezcan temporalmente bajo custodia municipal.
La ordenanza clasifica los incumplimientos como faltas graves o muy graves. Entre las infracciones graves figuran la falta de cuidados básicos, la ausencia del certificado antirrábico y determinadas conductas que afectan los espacios públicos.
El municipio considera muy graves el abandono, el maltrato, la venta de mascotas y las peleas de perros. La misma categoría alcanza a los animales sin identificación, los ataques contra personas u otras mascotas y la reiteración de infracciones graves.
Las multas por faltas graves van de 25 a 50 módulos. Para las faltas muy graves, la escala establece sanciones de entre 50 y 1.000 módulos.

