Liberan al confeso asesino de Urbani por nueva ley juvenil

Polémica liberación en el caso Urbani tras el nuevo régimen penal juvenil

Fachada de un tribunal bonaerense vinculada al caso Urbani

NewsITe

El hombre que confesó haber asesinado a Santiago Urbani en 2009, en la localidad bonaerense de Tigre, fue excarcelado por orden judicial a partir de la entrada en vigencia del Nuevo Régimen Penal Juvenil. La decisión generó fuerte repercusión en ámbitos judiciales y políticos, al tratarse de un caso emblemático de la criminalidad juvenil de los últimos años.

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La resolución fue firmada por el juez Alejandro Diego Flori, quien entendió que la nueva normativa, que fija un tope de 15 años de prisión para los delitos cometidos por menores de edad, resulta más benigna que la condena que pesaba sobre C.D.V., el acusado que al momento del crimen tenía 16 años. En consecuencia, aplicó el principio de retroactividad de la ley penal más favorable y declaró extinguida la pena.

El homicidio de Urbani, de 18 años, ocurrió durante la madrugada del 10 de octubre de 2009. Cuatro delincuentes lo sorprendieron cuando intentaba ingresar a su vivienda de la avenida Liniers al 1900. Tras robarle, uno de los asaltantes le disparó en la cabeza antes de escapar, provocando su muerte en el acto y conmocionando a los vecinos de Tigre y a la opinión pública.

Condenas sucesivas y fallos revisados

Pocos días después del hecho, C.D.V. fue detenido y posteriormente sometido a juicio. En 2010, el Tribunal de Responsabilidad Penal Juvenil N° 3 de San Isidro lo halló culpable, pero postergó la fijación de la pena hasta que alcanzara la mayoría de edad. Meses más tarde, los jueces Alberto Villante, Mirta Ravera Godoy y Silvia Chomiez lo condenaron a 27 años de prisión.

La defensa apeló de manera reiterada durante años y, en 2019, obtuvo que se hiciera lugar parcialmente a un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, lo que obligó a remitir el expediente a un nuevo tribunal. En esa instancia, la pena fue reducida a 19 años de prisión por robo calificado con arma de fuego, homicidio criminis causa y tenencia ilegal de arma de guerra, todos en concurso real.

Sin embargo, las apelaciones continuaron y esa condena nunca adquirió firmeza. Desde octubre de 2025 el expediente tramitaba ante la Procuración General de la Nación, y en noviembre del año pasado quedó registrado un nuevo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que al momento de la excarcelación aún no se había expedido.

Impacto del Nuevo Régimen Penal Juvenil

La entrada en vigencia del Nuevo Régimen Penal Juvenil modificó drásticamente el escenario procesal. La normativa no sólo reduce la edad de imputabilidad de 16 a 14 años, sino que establece un máximo de 15 años de prisión para los delitos cometidos por menores, un límite sensiblemente inferior a los 19 años que pesaban sobre C.D.V.

En la resolución a la que accedió la Agencia Noticias Argentinas, el juez Flori citó expresamente el principio de ley penal más benigna, según el cual, si durante el cumplimiento de una condena se sanciona una norma que fija una pena menor, debe aplicarse retroactivamente. “En todos los casos del presente artículo los efectos de la nueva ley operarán de pleno derecho”, recoge el fallo.

Al momento de la decisión, C.D.V. llevaba 16 años, 10 meses y 17 días detenido. Para el magistrado, ese período resulta superior al tope de 15 años impuesto por el nuevo régimen, por lo que correspondió declarar extinguida la pena no firme y ordenar su excarcelación a partir del sábado 5 de septiembre de 2026 al mediodía, desde el lugar de alojamiento donde se encontraba.

Controles posteriores y debate público

La resolución también ordenó certificar que no existieran otras órdenes de captura o detención vigentes sobre el condenado, lo que habilita su plena libertad una vez cumplidos los requisitos formales. La medida reabre el debate sobre el alcance del nuevo sistema penal juvenil, sus criterios de proporcionalidad de las penas y el equilibrio entre la reinserción social y el reclamo de justicia de las víctimas.

  • El caso Urbani fue uno de los homicidios que más impacto generó en Tigre a fines de la década de 2000.
  • La excarcelación se apoya en la ley penal más benigna y en la falta de firmeza de la última condena.
  • Especialistas anticipan que podrían presentarse reclamos similares en otros expedientes juveniles.

“La nueva ley debe ser aplicada en forma retroactiva al presente caso a partir de su entrada en vigencia”, sostiene el escrito judicial, que remarca que los efectos operan de pleno derecho.

Mientras la familia de Santiago Urbani y organizaciones de la sociedad civil analizan los pasos a seguir, el fallo se perfila como un antecedente clave para futuros planteos en el fuero penal juvenil. En paralelo, la discusión sobre cómo sancionar y reinsertar a jóvenes involucrados en delitos graves vuelve a instalarse en la agenda pública nacional.

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