La Justicia envía a juicio a Revolución Federal y aparta a los Caputo

NewsITe
La Justicia federal de Comodoro Py resolvió elevar a juicio oral la causa contra los principales integrantes de la agrupación Revolución Federal, investigada por distintos hechos de violencia y amenazas contra dirigentes del entonces oficialismo, y al mismo tiempo sobreseyó a los hermanos del actual ministro de Economía, Luis Caputo, que figuraban en el expediente por presunto financiamiento del grupo.
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Según confirmaron fuentes judiciales, el juez federal Marcelo Martínez de Giorgi dispuso el sobreseimiento de Flavio, Hugo y Rosana Caputo al considerar que no se logró acreditar que los pagos realizados a Jonathan Morel —referente de Revolución Federal— y a personas de su entorno hubieran tenido como finalidad encubrir el sostén económico de las acciones políticas de la organización.
La hipótesis acusatoria indicaba que transferencias por más de 6,5 millones de pesos, vinculadas a trabajos de carpintería para amoblar el edificio corporativo Espacio Añelo, habrían sido en realidad un mecanismo para financiar las manifestaciones con antorchas, guillotinas y mensajes intimidatorios contra referentes del peronismo y del gobierno de Alberto Fernández.
En su resolución, Martínez de Giorgi remarcó que la existencia del edificio Espacio Añelo y de los trabajos contratados fue verificada durante la investigación. A partir de peritajes y constataciones in situ, el juzgado entendió que no había elementos objetivos que permitieran concluir que se trató de contrataciones simuladas o infladas para encubrir otro tipo de maniobras ilícitas.
Fundamentos del sobreseimiento a los hermanos Caputo
El juez destacó que, más allá de las sospechas iniciales por la coincidencia temporal entre los pagos y la escalada de acciones de Revolución Federal, no se encontraron pruebas que vincularan de manera directa a los Caputo con los hechos delictivos investigados ni con la línea política del grupo.
“No hay prueba material alguna que indique que ese trabajo fue otorgado a los efectos de que Jonathan Morel se manifieste en contra del gobierno de ese entonces, ni de que los integrantes de la familia Caputo hayan tenido alguna participación en aquellos sucesos delictivos”, sostuvo Martínez de Giorgi en el fallo.
El magistrado agregó que tampoco surgieron evidencias de que los hermanos Caputo conocieran de antemano la postura política de Morel o de la agrupación al momento de contratar los servicios de carpintería, por lo que descartó tanto la figura de financiamiento como la de participación en calidad de instigadores.
Quiénes llegarán al juicio oral y qué se juzgará
Mientras los Caputo quedaron fuera del proceso, el juez sí envió a juicio a los principales referentes de Revolución Federal. Deberán enfrentar el debate oral Jonathan Morel, Nilda Basile, Gastón Guerra, Leonardo Sosa y Lidia Casciano, todos acusados por su rol en las protestas y mensajes de fuerte contenido violento dirigidos a altos funcionarios del gobierno anterior.
- Se les reprochan manifestaciones callejeras con antorchas y simbologías como guillotinas.
- También se investigan amenazas y mensajes intimidatorios contra dirigentes peronistas.
- Los hechos ocurrieron en los meses previos al atentado contra la entonces vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner.
El expediente sobre Revolución Federal se inscribe en un contexto de creciente preocupación institucional por el discurso de odio y las expresiones violentas en la escena política argentina. Si bien el atentado contra la exmandataria se tramita en otra causa, la actuación de esta agrupación quedó bajo la lupa por el clima de tensión que precedió al ataque.
Con esta decisión, el foco del futuro juicio estará puesto exclusivamente en las responsabilidades penales de los integrantes de Revolución Federal por los hechos de violencia investigados, mientras que la supuesta trama de financiamiento ligada a la familia Caputo quedó descartada en esta instancia.
Ahora será un tribunal oral federal el encargado de fijar fecha de inicio del debate, determinar el alcance de las pruebas y definir, en definitiva, si los acusados resultan culpables o no de los cargos que se les atribuyen.

