A partir del próximo 6 de septiembre comienza a regir en nuestro país la ley que baja la edad de responsabilidad penal de los 16 a los 14 años. El nuevo régimen alcanza a adolescentes acusados de distintos delitos y establece un tratamiento diferenciado según la gravedad de los hechos. Ordena la prisión como último recurso con penas que no pueden ser superiores a 15 años. Distintos actores de la justicia sumaron opinión.

De la redacción de EL NORTE
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Después de un largo y necesario debate, un nuevo régimen de responsabilidad penal juvenil entrará en vigencia en todo el país a partir del próximo 6 de septiembre y modificará el tratamiento judicial de los adolescentes de entre 14 y 17 años que sean acusados de cometer delitos. Distintos actores de la justicia, consultados por EL NORTE, manifestaron su postura al respecto.
La nueva normativa establece que los jóvenes comprendidos en ese rango de edad podrán ser sometidos a procesos penales, con un sistema específico que contempla garantías y procedimientos adaptados a su condición de menores.
Esto implicará cambios en la forma en que se investigan y juzgan los delitos cometidos por adolescentes. Establece un tratamiento diferente según la gravedad de los hechos.
Para casos como homicidios, secuestros, abusos sexuales y robos violentos, la ley fija un tope máximo de 15 años de prisión a cumplirse en establecimientos especializados, además de contemplar medidas alternativas como amonestaciones, monitoreo electrónico o prestación de servicios comunitarios y acciones destinadas a reparar el daño causado. La nueva legislación establece que la privación de la libertad debe utilizarse como último recurso.
De esta manera, el sistema busca combinar la responsabilidad frente al delito con medidas que permitan evitar, cuando sea posible, el ingreso de adolescentes al sistema penitenciario. Crea además un esquema judicial con jueces, fiscales y defensores especializados en niñez y adolescencia.
Diferentes posturas
En la normativa que dejará de regir, los menores son punibles a partir de los 16 años, pero hasta los 18 no pueden ser juzgados en procesos como los que se le siguen a los imputados mayores de edad.
Se afirma que la trayectoria de los jóvenes privados de libertad tiene en común vulneración de derechos previa al encierro no resuelta por el sistema actual. Pero que más allá de las causas debe trabajarse sobre sus consecuencias.
Distintas voces vinculadas a la temática en diálogo con EL NORTE expresaron su opinión en distintos sentidos. La Fiscal General Sandra Bicetti se mostró cautelosa al respecto y prefirió esperar a ver los primeros resultados para ahondar en el tema. “Nuestra función es aplicar las leyes que hacen otros y tenemos que respetarlo. La expectativa es que funcione bien, que estén las estructuras necesarias para poder llevarlo a cabo, sobre todo a nivel penitenciario. Nosotros haremos todo lo posible para poder llevar adelante correctamente esta reforma de la baja de imputabilidad y con el tiempo analizaremos si la experiencia es con resultado positivo. Esperemos que sí. Sin dudas, va a generar una carga laboral mayor. Veremos qué impacto tiene. Todavía no lo hemos podido evaluar hasta que no comience a regir pero nosotros estamos preparados para afrontarlo”, expresó la Fiscal General Sandra Bicetti.
Por su parte el abogado penalista Daniel Oggero se expresó en contra de la nueva ley: “No estoy de acuerdo. Estoy totalmente en contra de esta reforma. En primer lugar, porque no creo que sea la solución para el problema de los menores en conflicto con la ley. Me parece que ésta pasa por la educación y por mejorar los centros de alojamiento de los menores. Muchas veces las condiciones y la situación adentro es mucho peor que en centros de detención de mayores. He tenido que defender adolescentes que estuvieron en esos centros y la pasaron verdaderamente muy muy mal detalló Oggero. “Además no me parece que el porcentaje de delitos graves cometidos por menores sea significativo. Creo que no va a cambiar nada si no cambian otras cosas como por ejemplo los lugares de detención de menores o la educación y también me preocupa que gobiernos posteriores planteen una baja aún mayor”, concluyó el abogado Daniel Oggero.
Otras voces
El abogado penalista Agustín Tanús, se manifestó a favor de la nueva ley y mostró su preocupación respecto de la forma de implementación. “La reforma era necesaria. Celebro que finalmente se haya reducido la edad de imputabilidad de 16 a 14 años. Era una modificación que el sistema necesitaba desde hacía tiempo. Desde mi perspectiva entiendo que la reforma podría haber avanzado algo más y que el límite de 14 años puede aún resultar elevado frente a determinadas realidades delictivas que son cotidianas”, expresó el penalista.
Tanús explicó además que no es simplemente una norma más dura. “Modifica profundamente el régimen anterior y va a dar lugar a numerosos planteos e interpretaciones”, manifestó. “Entre otras cuestiones, desaparece la posibilidad que contemplaba la Ley 22.278 de reducir la pena conforme a la escala de la tentativa. Pero, al mismo tiempo, se incorpora un sistema mucho más amplio de respuestas alternativas, cuando la pena prevista es de hasta tres años de prisión, la regla es su reemplazo por otras sanciones; y cuando supera los tres años y llega hasta diez, también puede sustituirse bajo determinadas condiciones. Esto demuestra que la ley endurece el ingreso al sistema penal, pero procura que la privación de libertad no sea siempre la primera respuesta”, aclaró el letrado.
Detalló también que otro aspecto novedoso es que la propia ley contempla expresamente distintas formas de cumplimiento de las penas privativas de libertad (prisión domiciliaria, alojamiento en institutos abiertos y en lugares especializados. “Además, regula criterios de oportunidad, mediación y suspensión del proceso a prueba, herramientas que tienen un rol central para evitar que todo conflicto penal juvenil termine necesariamente en una respuesta de encierro”, afirmó.
Respecto de su aplicación manifestó que “mi principal preocupación pasa por cómo se va a aplicar efectivamente esta ley. En nuestro Departamento Judicial por ejemplo solo tenemos dos Fiscalías del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil, una de ellas con cargo de Fiscal vacante, y con un Juzgado de Garantías del Joven igualmente con cargo de juez vacante. Problemática aun peor en otros Departamentos. A eso se suma la situación de institutos y establecimientos de detención que ya presentan serios problemas de capacidad. La reforma va a incrementar el número de causas, audiencias, medidas de coerción, intervenciones interdisciplinarias y decisiones judiciales, ya que existe una cantidad significativa de delitos cometidos por adolescentes de entre 14 y 18 años”, concluyó el letrado Agustín Tanús.

