El Gobierno reglamentó el cobro de la atención médica a extranjeros no residentes

La reglamentación fija el procedimiento para facturar las prestaciones médicas a personas sin residencia permanente en Argentina. Las emergencias deberán atenderse sin restricciones, aunque los tratamientos posteriores podrán tener costo.

El Gobierno nacional reglamentó el procedimiento que permitirá cobrar la atención médica a extranjeros no residentes que concurran a hospitales públicos administrados por el Estado nacional.

La medida fue oficializada a través del Boletín Oficial por el Ministerio de Salud, encabezado por Mario Lugones. La normativa reglamenta uno de los puntos contemplados en la reforma migratoria impulsada por el Ejecutivo.

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La resolución establece un “Procedimiento operativo para la atención sanitaria de personas extranjeras en los establecimientos sanitarios administrados por el Estado Nacional”. El objetivo es unificar los criterios de atención y recuperación de los costos de las prestaciones brindadas a personas no residentes.

La reglamentación deriva del DNU 366/2025, firmado por el presidente Javier Milei en mayo del año pasado. El decreto introdujo modificaciones al régimen migratorio, entre ellas las condiciones de ingreso al país y de acceso a la residencia permanente.

Además, habilitó el cobro de determinados servicios prestados por hospitales y universidades nacionales a extranjeros que no tengan residencia en Argentina.

Cómo funcionará el cobro de la atención médica

La reglamentación establece diferencias entre los extranjeros con residencia permanente y aquellos que permanecen en Argentina sin esa condición migratoria.

Los residentes permanentes conservarán el mismo acceso al sistema nacional de salud que los ciudadanos argentinos. Para recibir las prestaciones deberán acreditar su condición mediante el Documento Nacional de Identidad (DNI).

La situación será diferente para los extranjeros no residentes. Cuando tengan un seguro médico, el hospital podrá reclamar a la compañía aseguradora el costo de la atención recibida.

En caso de no contar con cobertura, la persona deberá afrontar directamente el pago correspondiente por la prestación.

Las emergencias seguirán siendo atendidas

El Gobierno estableció que las emergencias médicas continuarán garantizadas para todas las personas, independientemente de su situación migratoria.

Los establecimientos no podrán rechazar ni demorar la atención por cuestiones administrativas cuando exista un riesgo cierto e inminente para la vida o las funciones vitales del paciente.

Dentro de esta categoría se incluyen infartos, accidentes cerebrovasculares, traumatismos graves y hemorragias masivas. También contempla emergencias obstétricas, pediátricas y neonatales.

Sin embargo, una vez controlada la situación de emergencia, los tratamientos y prestaciones posteriores podrán ser facturados al paciente o a su compañía de seguros, según corresponda.

Cada hospital deberá implementar su sistema

Desde el Ministerio de Salud indicaron que la reglamentación busca establecer un criterio común para los hospitales nacionales y ordenar el mecanismo destinado a recuperar los costos de las prestaciones.

No obstante, cada establecimiento sanitario administrado por el Estado nacional deberá desarrollar y aplicar su propio sistema operativo para implementar el cobro a extranjeros no residentes.

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