Anmat prohibió un purificador de agua por falta de registro sanitario y advirtió sobre riesgos para la salud

La medida alcanza a todos los lotes del dispositivo de ósmosis inversa Hidrolit Romi 100. El organismo determinó que el producto no contaba con registro sanitario y señaló que desconoce los materiales utilizados para su fabricación, sus características, funcionalidad y seguridad.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió en todo el país el uso, comercialización, distribución y publicidad de un purificador de agua de la empresa Hidrolit. El organismo advirtió que el producto no posee el registro sanitario correspondiente y que, por ese motivo, representa un “riesgo para la salud” de los potenciales usuarios.

La medida alcanza al “Dispositivo de acondicionamiento de agua, Osmosis inversa, Hidrolit Romi 100”, perteneciente a la firma Agua Pureza Soluciones Hídricas S.R.L. Anmat oficializó la decisión mediante la disposición 4932/2026, publicada en el Boletín Oficial con la firma del presidente del organismo, Luis Eduardo Fontana.

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Según detalló Anmat, el dispositivo no se encuentra registrado ante el organismo y, por lo tanto, incumple con las normas establecidas por el Ministerio de Salud para este tipo de productos.

Además, el organismo determinó que el purificador tampoco cumple con la disposición N° 8435/19. Esa normativa establece que las empresas que pretendan comercializar dispositivos destinados al acondicionamiento del agua de red domiciliaria deben solicitar previamente su registro.

La exigencia comprende aquellos equipos destinados a mejorar características químicas, físicas y/u organolépticas del agua para consumo humano.

Anmat advirtió sobre el riesgo para los usuarios

La falta de registro impide que el organismo sanitario cuente con información necesaria para determinar las condiciones en las que se fabrica y funciona el producto.

“Cabe concluir que se trata de productos sin registro sanitario respecto de los cuales se desconoce el tipo de material de fabricación del que están hechos, características, funcionalidad y seguridad, por lo que revisten riesgo para la salud de los potenciales usuarios”, expresó Anmat.

Ante esta situación y por recomendación de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud, el organismo dispuso la prohibición del “uso, comercialización, distribución y publicidad en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica de todos los lotes” del Hidrolit Romi 100.

La decisión también alcanza, de esta manera, a la oferta del producto a través de sitios de comercio electrónico.

Al mismo tiempo, Anmat inició un sumario contra Agua Pureza Soluciones Hídricas S.R.L., firma que posee domicilio jurídico en la ciudad bonaerense de La Plata.

El equipo se ofrecía por más de $600.000

Antes de la prohibición, el potabilizador de agua se comercializaba en la página oficial de Hidrolit por $605.000, precio que ya incluía un descuento del 30%. El producto también se ofrecía a través de Mercado Libre.

La promoción incluía el equipo de ósmosis inversa, un filtro de polipropileno de 10 micras, un filtro de carbón activado en bloque, una bomba presurizadora, una canilla para mesada de metal cromado, un tanque hidroneumático de ocho litros y una membrana de ósmosis inversa, entre otros componentes.

Por último, Anmat notificó a la empresa acerca de las vías administrativas y judiciales disponibles para cuestionar la disposición.

La firma podrá presentar un recurso de reconsideración dentro de los 20 días hábiles administrativos o un recurso de alzada dentro de los 30 días hábiles administrativos. También podrá iniciar una acción judicial dentro de los 180 días hábiles judiciales, de acuerdo con lo establecido por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos.

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