Tragedia de Once: la Cámara Federal confirmó el sobreseimiento de los cuatro peritos investigados

La Justicia concluyó que no existen pruebas para sostener que los ingenieros hayan cometido falso testimonio durante el juicio por el choque ferroviario ocurrido en 2012.

Tragedia de Once

La Cámara Federal porteña confirmó este miércoles el sobreseimiento de los cuatro ingenieros que actuaron como peritos en la investigación de la tragedia ferroviaria de Once, ocurrida el 22 de febrero de 2012. El tribunal concluyó que no existen pruebas para sostener que hayan cometido el delito de falso testimonio durante el juicio celebrado hace más de diez años.

La causa investigó si los especialistas elaboraron informes técnicos con la intención deliberada de desviar la responsabilidad del siniestro únicamente hacia el motorman Marcos Córdoba. Entre los acusados en el proceso principal también estuvieron los exsecretarios de Transporte Juan Pablo Schiavi y Ricardo Jaime.

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Por qué investigaron a los peritos

En diciembre de 2015, el Tribunal Oral Federal N.º 2 ordenó abrir una investigación penal sobre los ingenieros Raúl Díaz (Corte Suprema de Justicia), Horacio Faggiani (Comisión Nacional del Transporte), Alejandro Leonetti (Secretaría de Transporte) y Julio Pastine (Trenes de Buenos Aires).

La sospecha surgió por las diferencias entre sus conclusiones técnicas y otras pruebas incorporadas al expediente. Los jueces advirtieron indicios de una posible coordinación para atribuir la responsabilidad exclusiva del choque al conductor del tren, al sostener que el sistema de frenos funcionaba correctamente.

Las pruebas analizadas por la Justicia

Durante la instrucción, la investigación se concentró en tres aspectos técnicos: la velocidad del impacto, el estado de conservación de la carrocería y el funcionamiento de los paragolpes del andén número dos de la estación Once.

Aunque los peritos fueron procesados inicialmente, la Sala II de la Cámara Federal revocó esa decisión en 2018 al considerar que no existían pruebas de dolo, requisito indispensable para configurar el delito de falso testimonio.

A partir de entonces, el Juzgado Federal N.º 11, actualmente subrogado por Ariel Lijo, profundizó la investigación mediante nuevos informes técnicos sobre los márgenes de error del GPS, reportes de inspección del material rodante, declaraciones de especialistas y el análisis de los correos electrónicos intercambiados por los peritos tras el accidente.

La decisión de la Cámara

Con esas pruebas incorporadas al expediente, los jueces Eduardo Farah y Roberto Boico concluyeron que los informes cuestionados se mantuvieron dentro de los márgenes de interpretación propios de un caso de alta complejidad técnica.

En el fallo, el cual tuvo acceso Infobae, la Sala II sostuvo: “Las discrepancias, reticencias o inconsistencias, si bien fueron suficientes para el inicio de esta investigación, no alcanzan para sostener por sí solas que fueron producto de la motivación ilícita a la que se refiere el artículo 275 del Código Penal”.

Los camaristas también señalaron que las modificaciones introducidas en las conclusiones periciales respondieron al avance de la investigación y a la incorporación de nuevos elementos sobre el estado de la formación ferroviaria.

Además, aclararon que la decisión del Tribunal Oral Federal N.º 2 de apartarse de esos informes para dictar sentencia en la causa principal no demuestra, por sí sola, que los ingenieros hayan declarado con la intención deliberada de faltar a la verdad.

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