General Roca: despidieron a una niñera por usar el celular y la Justicia declaró injustificada la decisión

La sentencia remarcó que un despido con causa requiere acreditar un incumplimiento grave y que, en este caso, la empleadora no presentó pruebas suficientes.

Imagen ilustrativa.

La Cámara Primera del Trabajo de General Roca declaró injustificado el despido de una niñera que había sido despedida por presuntamente utilizar el teléfono celular y auriculares durante su jornada laboral. El tribunal resolvió que la empleadora no logró demostrar esas conductas y la condenó a pagar las indemnizaciones correspondientes.

El conflicto comenzó cuando la empleadora sostuvo que la trabajadora hacía un uso excesivo del celular mientras se encontraba al cuidado de su hija, una conducta que, según afirmó, ponía en riesgo a la menor. Con ese argumento decidió despedirla con causa.

La niñera rechazó las acusaciones mediante un telegrama laboral. En su descargo sostuvo que durante toda la relación laboral nunca recibió sanciones ni apercibimientos y negó haber incurrido en las conductas que se le atribuían. Posteriormente inició una demanda para reclamar las indemnizaciones por despido injustificado.

– Publicidad –

Qué evaluó la Justicia

Al analizar el caso, la Cámara recordó que un despido con causa solo puede justificarse cuando existe un incumplimiento de tal gravedad que haga imposible la continuidad de la relación laboral. Además, señaló que la legislación laboral contempla otras medidas disciplinarias antes de aplicar la sanción más severa.

Los magistrados advirtieron que la carta documento enviada por la empleadora no describía con precisión las conductas atribuidas a la trabajadora y que tampoco se presentaron pruebas para respaldar las acusaciones.

El fallo sostuvo que existía una “ausencia de precisión y vaguedad de los incumplimientos que se le reprochaban”. Además, agregó que la demandada tampoco acreditó “los hechos objetivos en los que funda la presunta pérdida de confianza, y que constituyeron la injuria que impidió la continuidad del vínculo”.

La resolución del tribunal

A partir de esas conclusiones, la Cámara Primera del Trabajo de General Roca declaró injustificado el despido y condenó a la empleadora a abonarle a la trabajadora las indemnizaciones correspondientes.

El tribunal entendió que las acusaciones formuladas para justificar la desvinculación no fueron debidamente acreditadas y que los incumplimientos invocados carecían de la precisión necesaria para sustentar un despido con causa.

- Publicidad -
- Publicidad -
- Publicidad -