Nuevo plan de ARCA: cuotas para regularizar deudas PyME

ARCA lanza un plan especial para financiar deudas empresarias

Empresarios revisan documentación para adherir al plan de ARCA

NewsITe

Las micro, pequeñas y medianas empresas, así como pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro, cuentan desde ahora con un nuevo régimen de facilidades para financiar sus deudas con la Administración de Recursos de la Seguridad Social y el fisco nacional. El programa permite regularizar obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social en hasta 18 cuotas, con tasas fijas y un anticipo reducido, y se presenta como una herramienta clave para aliviar la presión financiera del sector productivo.

El esquema, que no implica condonación de intereses ni multas, apunta a ordenar pasivos acumulados y evitar que los incumplimientos deriven en embargos, ejecuciones fiscales u otras sanciones. El beneficio alcanza a deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2026, incluyendo recargos e intereses resarcitorios, y se tramita íntegramente en forma digital a través del servicio “Mis Facilidades”.

– Publicidad –

Podrán acceder Micro y Pequeñas Empresas con Certificado MiPyME vigente; Medianas Empresas Tramo 1 y 2 con la correspondiente caracterización; pequeños contribuyentes identificados con el código 547 en el Sistema Registral; y entidades sin fines de lucro, entre ellas asociaciones civiles, fundaciones, cooperativas, mutuales, consorcios de propietarios e instituciones religiosas. No hay tope en la cantidad de planes que cada contribuyente puede presentar, aunque sí se fijan montos mínimos tanto para el anticipo como para las cuotas.

Cuotas, tasas y condiciones del nuevo régimen

Para micro y pequeñas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro se prevé un máximo de 18 cuotas para deudas impositivas, aduaneras y de seguridad social, y hasta 9 cuotas para retenciones y percepciones impositivas. En estos casos, el pago a cuenta es del 5% del total consolidado y la tasa de financiación es fija del 2,75% mensual.

Las medianas empresas de Tramo 1 y Tramo 2, en tanto, podrán financiar hasta en 15 cuotas sus obligaciones impositivas, aduaneras y de seguridad social, y hasta en 7 cuotas las retenciones y percepciones. Para este segmento se exige un anticipo del 10%, con la misma tasa de interés del 2,75% mensual. En todos los casos, tanto el pago inicial como cada cuota deberán ser iguales o superiores a $50.000.

Deudas excluidas y plazos para adherirse

A pesar de su alcance amplio, el régimen deja fuera ciertas obligaciones. No se pueden incluir retenciones y percepciones previsionales, anticipos y pagos a cuenta, determinados conceptos de IVA vinculados con servicios digitales o prestados desde el exterior, aportes a obras sociales —salvo los correspondientes a monotributistas—, cuotas de ART, seguro de vida obligatorio, impuestos internos aplicados a cigarrillos ni cuotas de otros planes de pago ya vigentes.

La adhesión estará habilitada hasta el 30 de octubre de 2026 y deberá realizarse exclusivamente en línea, ingresando al servicio “Mis Facilidades” y seleccionando el régimen especial para obligaciones vencidas al 30 de junio de 2026. La deuda se consolida cuando se acredita el pago a cuenta y el sistema confirma la presentación del plan.

El plan caduca si se dejan impagas dos cuotas —consecutivas o alternadas— durante más de 60 días desde el vencimiento de la segunda, o si la última cuota no se cancela en ese mismo plazo. En esos casos, el organismo podrá iniciar el cobro judicial del saldo y aplicar las sanciones previstas en materia aduanera.

Especialistas contables recomiendan evaluar caso por caso el costo financiero del plan frente a otras alternativas de crédito, pero coinciden en que la iniciativa ofrece una ventana para regularizar pasivos y recuperar margen de maniobra en un escenario económico desafiante para las PyMEs y el entramado asociativo del país.

- Publicidad -
- Publicidad -
- Publicidad -