Senado debate ley que abre la compra de campos a extranjeros

Debate clave en el Senado por cambios en la propiedad privada

Debate en el Senado sobre propiedad privada y compra de tierras

NewsITe

El Senado de la Nación se prepara para tratar este jueves el proyecto de ley de “inviolabilidad de la propiedad privada”, una iniciativa impulsada por el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, que introduce cambios profundos en materia de compra de tierras rurales por parte de extranjeros, desalojos, expropiaciones y manejo del fuego. El oficialismo, con el bloque de La Libertad Avanza encabezado por Patricia Bullrich, buscará convertirla en ley tras varias postergaciones por falta de acuerdos políticos.

Uno de los puntos más sensibles del proyecto es la eliminación de los límites a la compra de tierras rurales por parte de empresas extranjeras y personas físicas no residentes. Si bien se levantan topes vigentes, se mantiene una exigencia clave: cuando se trate de inmuebles ubicados en zonas de frontera, las operaciones deberán contar con el doble aval de la provincia correspondiente y del Poder Ejecutivo Nacional, lo que agrega una instancia de control político e institucional.

– Publicidad –

La iniciativa establece además que las provincias seguirán teniendo jurisdicción plena sobre sus territorios, de acuerdo con la Constitución Nacional. Serán los gobiernos provinciales los que deberán autorizar la venta de inmuebles rurales a extranjeros. A su vez, se prohíbe expresamente la adquisición de tierras rurales por parte de Estados extranjeros o empresas con participación estatal extranjera, salvo que exista una autorización conjunta de la provincia y del Poder Ejecutivo Nacional.

En las operaciones donde intervenga el llamado «silencio administrativo», es decir, cuando ni la Nación ni la provincia formulen objeciones en un plazo de 180 días, el comprador extranjero será considerado propietario de pleno derecho. Este mecanismo es observado con atención por sectores rurales y especialistas en derecho agrario, que advierten sobre el impacto que podría tener en la concentración de tierras y en la soberanía sobre recursos estratégicos.

Desalojos exprés y nuevas reglas para inquilinos

Otro capítulo central del proyecto se refiere a los desalojos. Se habilita un procedimiento acelerado en casos de usurpaciones o tenencias precarias: el juez podrá ordenar la restitución inmediata del inmueble si el derecho del propietario resulta verosímil y este presenta una caución juratoria. El magistrado podrá intimar la devolución del inmueble en un plazo de 72 horas, siempre que el dueño acredite documentalmente su titularidad.

En el caso de inquilinos con deudas, el propietario deberá enviar una carta documento y otorgar un plazo mínimo de 10 días corridos para que se regularice la situación. La notificación podrá hacerse en el domicilio contractual o por correo electrónico, detallando el lugar de pago. Si persiste el incumplimiento, se habilita una acción de desalojo que, según el texto, debería resolverse en un plazo de 10 días hábiles.

La propuesta también obliga al propietario a recibir las llaves del inmueble cuando el inquilino decide restituirlo, sin poder imponer condiciones previas, aunque conserva el derecho de dejar asentado que existen deudas pendientes que luego podrá reclamar por otra vía. Cuando haya menores de edad o personas en situación de vulnerabilidad, el juez deberá intervenir junto con los organismos de protección locales y el Ministerio Público Tutelar, fijando un plazo de hasta 10 días para asegurar una alternativa habitacional transitoria, sin frenar el avance del proceso judicial.

Expropiaciones y manejo del fuego: cambios y límites

En materia de expropiaciones, el dictamen endurece las exigencias para el Estado: la declaración de «utilidad pública» deberá interpretarse de manera restrictiva y justificar de forma clara los motivos que la sustentan. Además, se fija un tope del 30% para la indemnización por lucro cesante, un aspecto que en el borrador original no tenía límite. La compensación económica deberá calcularse con una tasa de interés atada al Índice de Precios al Consumidor más la tasa del Banco Nación a 30 días.

Respecto del manejo del fuego, el proyecto deroga la prohibición que impedía, durante 30 años, cambiar el uso de superficies rurales incendiadas en zonas agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales y áreas periurbanas. Esto generó cuestionamientos de organizaciones ambientalistas, que alertan sobre el riesgo de favorecer incendios intencionales para reorientar el uso del suelo.

En cambio, se mantienen las restricciones actuales para bosques nativos y humedales: en esos casos seguirá vigente la prohibición de cambio de uso y la veda de 60 años ya contemplada en la Ley de Manejo del Fuego. El conjunto de estas modificaciones, sumado al retiro del capítulo sobre barrios populares —que había sido cuestionado por la Iglesia ante el temor de una ola de desalojos—, conforma un paquete de reformas que reabre el debate sobre el equilibrio entre derechos de propiedad, protección social y resguardo ambiental.

El tratamiento del proyecto en el Senado se perfila como un punto de inflexión en la política de tierras, la regulación de alquileres y el rol del Estado frente a la propiedad privada.

De cara a la sesión, tanto oficialismo como bloques dialoguistas evalúan su posición artículo por artículo. El resultado no solo tendrá impacto inmediato en la compra de campos por parte de capitales extranjeros, sino también en miles de relaciones contractuales entre propietarios e inquilinos y en la forma en que el Estado interviene ante conflictos territoriales y ambientales.

- Publicidad -
- Publicidad -
- Publicidad -