La Corte Suprema confirmó la pena por el abuso de una niña

NewsITe
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena a 15 años de prisión contra el sacerdote jujeño Ricardo Quiroga, conocido como el “padre Cocó”, por la violación de una niña de 10 años ocurrida en la ciudad de El Carmen, provincia de Jujuy. El máximo tribunal rechazó el recurso presentado por la defensa y consideró inadmisible el planteo que buscaba revisar el fallo dictado por los tribunales provinciales.
El caso tuvo un fuerte impacto en la comunidad jujeña, no solo por la gravedad del delito sino porque se trató del primer sacerdote detenido en esa provincia por un episodio de abuso sexual. Quiroga se desempeñaba al frente de la parroquia local y mantenía una relación de confianza con la familia de la víctima, lo que profundizó el carácter de traición y abuso de poder que rodeó a los hechos investigados.
De acuerdo con la reconstrucción judicial, en octubre de 2020 la niña fue llevada por María Cielo Regazzoni a una vivienda ubicada en el centro de El Carmen. Allí quedó a solas con el religioso, quien primero la golpeó y luego la trasladó a uno de los dormitorios, donde cometió el abuso sexual con acceso carnal. Tras el ataque, la menor fue llevada por la mujer a su casa, donde la bañó y le advirtió que quemaría su ropa interior porque tenía sangre.
Al día siguiente, Regazzoni regresó con la niña al lugar del hecho y, según consta en el expediente, Quiroga le entregó a la mujer dinero en efectivo y una nota que hacía referencia a mantener nuevos encuentros sexuales. Recién dos días después, aprovechando la ausencia de la acusada, la niña pudo relatarle a su madre lo sucedido, lo que dio inicio a la denuncia y a la investigación penal.
El fallo y las responsabilidades penales
El tribunal oral jujeño que intervino en la causa condenó a Quiroga a 15 años de prisión como autor del delito de “abuso sexual con acceso carnal doblemente calificado por ser cometido por dos personas y ser miembro de un culto religioso”. En el mismo proceso, Regazzoni recibió una pena de 10 años de cárcel como partícipe secundaria. En cambio, Leandro Jesús Torres Barroso, otro de los imputados, fue absuelto por el beneficio de la duda.
Las sentencias fueron confirmadas por las instancias superiores de la Justicia provincial, lo que llevó a la defensa del sacerdote a presentar un recurso extraordinario ante la Corte Suprema. Los abogados reclamaban la absolución de Quiroga bajo la regla del beneficio de la duda y cuestionaban la valoración de la prueba realizada por los jueces locales.
- La Corte, integrada en este fallo por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, declaró inadmisible la queja.
- El rechazo se fundó en el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que permite desestimar recursos sin tratar el fondo del asunto.
- Con esta decisión, la condena a Quiroga y a Regazzoni quedó firme y ya no puede ser revisada por el máximo tribunal.
La causa se convirtió en un caso testigo en Jujuy en materia de abusos cometidos por integrantes de instituciones religiosas, al exponer la combinación de poder espiritual, confianza comunitaria y vulnerabilidad de las víctimas.
El fallo reafirma la línea de la Justicia argentina en torno a los delitos sexuales contra niñas, niños y adolescentes, especialmente cuando son cometidos por figuras de autoridad. La confirmación de la condena al “padre Cocó” representa un mensaje hacia las instituciones religiosas y la sociedad en su conjunto sobre la necesidad de investigar, juzgar y sancionar con firmeza estos hechos, así como de fortalecer los mecanismos de prevención y protección de la niñez.

