La Cámara en lo Penal Económico dejó firme el procesamiento de las máximas autoridades de la AFA por una causa que investiga la presunta retención indebida de aportes por más de $19.000 millones.

La Cámara en lo Penal Económico confirmó este viernes el procesamiento del presidente de la AFA, Claudio “Chiqui” Tapia, y del tesorero de la entidad, Pablo Toviggino, en la causa que investiga la presunta retención indebida de aportes y contribuciones por más de $19.000 millones. Con esta resolución, ambos dirigentes quedaron más cerca de afrontar un juicio oral.
En el caso de Tapia, la Cámara dejó firme el procesamiento al declarar desierta la apelación presentada por su defensa, que no compareció en tiempo y forma a una audiencia. En tanto, los jueces también ratificaron el procesamiento de Toviggino, así como el embargo de sus bienes y la prohibición de salida del país.
La investigación sostiene que la Asociación del Fútbol Argentino retuvo aportes y contribuciones previsionales, pero no realizó los depósitos dentro de los plazos establecidos por la legislación vigente. El expediente también incluye presuntas omisiones en el depósito de retenciones correspondientes al Impuesto al Valor Agregado (IVA), al Impuesto a las Ganancias y a contribuciones destinadas al Sistema Único de la Seguridad Social durante distintos períodos comprendidos entre 2024 y 2025.
En la etapa actual del proceso, el juez interviniente consideró acreditada la presunta comisión del delito de apropiación indebida de tributos agravado, reiterado en 34 oportunidades, en concurso real con el delito de apropiación indebida de recursos de la seguridad social agravado, atribuido en 17 hechos.
Según la resolución judicial, los imputados habrían llevado adelante un plan destinado a demorar el pago de las obligaciones fiscales para obtener beneficios financieros. En ese contexto, se dispuso un embargo de $350 millones sobre los bienes de Tapia y Toviggino, además de mantener vigente la prohibición de salida del país.
Al confirmar el procesamiento de Toviggino, la Cámara sostuvo que, con el grado de convicción requerido para esta instancia, existen elementos para considerar que el dirigente conocía las obligaciones fiscales de la entidad y tuvo una participación relevante en las decisiones vinculadas con la falta de depósito de los fondos retenidos.
Los camaristas Roberto Hornos y Carolina Robiglio también revocaron el procesamiento de otros tres imputados y ordenaron profundizar la investigación respecto de esas personas.
En su resolución, el tribunal recordó que las sumas retenidas o percibidas por quienes actúan como agentes de retención no constituyen fondos propios y, por lo tanto, no pueden destinarse a fines distintos de aquellos previstos por la normativa vigente.

