La Corte exime a una ART por la electrocución de un camionero

La Corte Suprema limitó la responsabilidad civil de una ART

Corte Suprema de Justicia de la Nación

NewsITe

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó una condena contra la aseguradora de riesgos del trabajo Asociart SA y determinó que no deberá pagar indemnización por las graves lesiones sufridas por el camionero Hernán Lencina, quien se electrocutó mientras realizaba una reparación menor en su semirremolque en la ciudad de Villa Mercedes, provincia de San Luis.

El fallo, firmado por los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, concluyó que no se probó un vínculo causal suficiente entre las obligaciones de capacitación y control que la ley impone a las ART y el accidente que tuvo lugar en las inmediaciones de la planta de Bagley Argentina SA. El trabajador perdió una pierna tras recibir una descarga eléctrica de un tendido perteneciente a la Empresa Distribuidora San Luis (EDESAL SA), cuyos cables se encontraban a una altura inferior a la prevista por la normativa vigente.

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De acuerdo con la reconstrucción del caso, Lencina, chofer de la firma Transpall SA, aguardaba su turno para ingresar al establecimiento industrial cuando detectó que un tornillo de una compuerta del semirremolque estaba flojo y dificultaba el cierre. Al subir a la cabina para corregir el problema, tomó contacto con la corriente eléctrica proveniente del cableado aéreo, lo que le provocó lesiones de extrema gravedad.

El trabajador promovió una demanda civil contra su empleador, la ART, Bagley SA, EDESAL SA y las aseguradoras de estas últimas, reclamando una reparación integral por los daños sufridos. En primera instancia, la Justicia hizo lugar a la acción contra varios de los codemandados, pero rechazó la responsabilidad de Asociart SA por considerar que no se había acreditado un incumplimiento específico de sus deberes legales.

Sin embargo, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó parcialmente esa decisión y extendió la condena a la ART. Los camaristas entendieron que la aseguradora había incumplido sus obligaciones de capacitación del personal y de supervisión de las condiciones en que se prestaba el servicio, y que ese déficit contribuía a explicar el desenlace del siniestro.

Fundamentos del Máximo Tribunal y alcances del fallo

Al analizar el recurso extraordinario de la aseguradora, la Corte Suprema consideró arbitraria la decisión de la Cámara. Sostuvo que, si bien las ART pueden ser civilmente responsables cuando se verifican los presupuestos legales correspondientes, es imprescindible demostrar la existencia de un nexo causal adecuado entre el daño sufrido por el trabajador y el incumplimiento imputado a la aseguradora.

  • El tribunal observó que la Cámara no explicó de qué manera una capacitación adicional sobre reparaciones menores de un semirremolque habría permitido anticipar o evitar un hecho extraordinario como una electrocución provocada por un tendido eléctrico defectuoso.
  • Asimismo, remarcó que exigir a la ART la inspección del predio de estacionamiento de camiones o del tendido eléctrico de EDESAL SA implicaría extender sus facultades de control más allá de lo razonablemente previsto por la normativa vigente.
  • Los jueces subrayaron que la aseguradora no tenía vínculo contractual directo con las empresas responsables del espacio de espera ni de las instalaciones eléctricas, lo que limitaba su capacidad de intervención efectiva sobre esos factores de riesgo.

Para el Máximo Tribunal, no se acreditó “una relación causal suficiente” entre las obligaciones legales de la ART y el accidente sufrido por el chofer, por lo que dejó sin efecto la condena solidaria que la Cámara había impuesto.

Con esta resolución, la Corte Suprema acota el alcance de la responsabilidad civil de las aseguradoras de riesgos del trabajo en situaciones donde el siniestro se vincula principalmente con deficiencias estructurales o de terceros ajenos a la relación aseguradora-empleador. El fallo vuelve a poner en debate los límites del sistema de riesgos del trabajo y el rol de las ART frente a condiciones de seguridad que exceden su ámbito de actuación directa.

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