Lo hizo a través del Decreto 730/2024 publicado en el Boletín Oficial este miércoles y, de esta manera, dio un paso más hacia la privatización de los clubes.
A través del Decreto 730/2024 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, Javier Milei reglamentó la conversión de la estructura jurídica de las instituciones, ya que “no se podrá impedir, dificultar, privar o menoscabar cualquier derecho a una organización deportiva”, siempre y cuando “esté reconocida por la ley”.
Tras el rechazo del presidente de la AFA, Claudio Chiqui Tapia, a las SAD, el decreto publicado hoy abre un nuevo frente de disputa para el Gobierno.
Desde Casa Rosada cuestionan el planteo de la AFA, que sostiene que si bien la institución no tiene facultades para impedir que un club pueda elegir convertirse en SAD, la Constitución Nacional la ampara para impedir su ingreso como miembro y de participar en los torneos que organiza.
“Las organizaciones integrantes del Sistema Institucional del Deporte y la Actividad Física que modifiquen o hubieran modificado su estructura jurídica adoptando algunas de las figuras contenidas en el artículo 19 bis de la Ley Nº20.655 y sus modificaciones tendrán derecho a mantener su participación en toda competición en la que intervinieran bajo su estructura jurídica anterior y en las mismas condiciones que se encontraban con anterioridad a la modificación producida”, sostiene la normativa publicada este miércoles.
El decreto explica además que las “personas jurídicas constituidas como sociedades anónimas” que tengan como objetivo “la práctica, desarrollo, sostenimiento, organización o representación del deporte y la actividad física” pueden integrarse al Sistema Institucional del Deporte y la Actividad Física, tal como lo hacen las asociaciones civiles.
SAD: qué dice el nuevo decreto de Javier Milei
El nuevo decreto detalla los cambios realizados y especifica cómo es el nuevo marco regulatorio. En su artículo primero define que los “asociados a las asociaciones civiles” serán “quienes participen en la asamblea extraordinaria de la asociación que considere la decisión de transformar a la entidad en sociedad anónima o resuelva ser socia de sociedades anónimas”.
Por otro lado, en el artículo segundo especifica que pese a que aun no se hayan adaptado los estatutos o códigos internos de las asociaciones, federaciones y confederaciones deportivas, estas no podrán “impedir, dificultar, privar o menoscabar cualquier derecho a una organización deportiva, incluyendo su derecho de afiliación a una confederación, federación, asociación, liga o unión, con fundamento en su forma jurídica, originaria o derivada”, que haya elegido convertirse en una SAD.
En ese sentido, aclara que todos los clubes y asociaciones “tendrán derecho a mantener su participación en toda competición en la que intervinieran bajo su estructura jurídica anterior y en las mismas condiciones que se encontraban con anterioridad a la modificación producida”.
Por último, se le da un plazo de un año a partir del día de la fecha (miércoles 14 de agosto de 2024) para que la AFA y el resto de asociaciones, federaciones y confederaciones adapten sus normas a esta medida. “El período de UN (1) año establecido en el artículo 345 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70 del 20 de diciembre de 2023 se contará a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto”.
En julio, la Inspección General de Justicia, en otro avance en la intención de transformar a los clubes en instituciones privadas, emitió una resolución que establece una serie de desregulaciones y flexibilizaciones de trámites, entre los que están los relacionados con las SAD.
“Que, atento a lo dispuesto en los artículos 346 y 347 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº70/2023 (…) debe aceptarse la participación de las asociaciones civiles y fundaciones como accionistas en sociedades anónimas y la transformación de las asociaciones civiles en sociedades anónimas; así como simplificarse la inscripción de entidades de bien común constituidas en el extranjero para el desarrollo de su actividad en la República Argentina”, fijó la normativa.
Hasta la llegada de Milei a la presidencia, la ley N°20.655 permitía que los clubes deportivos se organizaran principalmente como asociaciones civiles. Sin embargo, el Decreto de Necesidad y Urgencia N°70/23, publicado en diciembre de 2023, en los primero días de la gestión libertaria, modificó esta normativa para permitir que también puedan convertirse en sociedades anónimas deportivas, un objetivo político que encontró resistencia en los clubes y la entidad que los nuclea.
Fuente: Ámbito