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San Nicolás de los Arroyos
sábado, 7 septiembre, 2024
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El acceso al agua debe ser libre y gratuito en bares y boliches: ¿Qué opinan los establecimientos locales?

Recientemente el Gobierno oficializó la norma 15.439 aprobada por la Legislatura en abril, que obliga a los establecimientos que proveen bebidas alcohólicas a que ofrezcan agua sin costo para sus clientes. En diálogo con EL NORTE, dueños y encargados de locales nicoleños se manifestaron en disconformidad e incluso se tildó a la medida como “superficial y una pérdida de tiempo”.

La actual ley había sido impulsada por el Ministerio de Salud de la provincia, que sostiene que el acceso al agua es un derecho y una de las principales estrategias para mitigar la intoxicación alcohólica / ILUSTRACIÓN

Los bares y boliches, y todos aquellos establecimientos que se encuentren habilitados para la venta de bebidas alcohólicas en la provincia de Buenos Aires deberán proveer el acceso al agua de manera libre y gratuita a sus clientes, a partir de la ley 15.439 promulgada el pasado martes por el Gobierno.

La norma, impulsada por el Ministerio de Salud de la provincia y sancionada por la Legislatura en abril, sostiene que el acceso al agua es un derecho y una de las principales estrategias para mitigar la intoxicación alcohólica. Así, todo establecimiento o lugar, fijo o móvil, que se encuentre habilitado para la venta o expendio a cualquier tipo de bebida alcohólica, deberá proveer y garantizar el acceso gratuito al agua potable suficiente y sin límite alguno.

A su vez, los establecimientos que brinden servicio de mesa o barra (bares, restaurantes, cantinas, etc.) deberán garantizar en la mesa de sus clientes una jarra o botella de al menos 250 cc; colocar señalética clara donde se comunique e informe sobre la gratuidad del acceso al agua, e incentivar su consumo como práctica de reducción de daños ante el consumo de alcohol.

Repercusiones locales

Dueños y encargados de establecimientos en San Nicolás, expresaron en diálogo con EL NORTE que si bien aún no fueron notificados oficialmente, seguramente deban asistir a una reunión para debatir dicha cuestión en la brevedad. Sin embargo, en un primer acercamiento expresaron: “Nada que sea obligatorio e impuesto por burócratas es bueno, pero si hay que hacerlo se hará. Igual no funciona en ninguna ciudad que lo haya implementado, sólo si uno lo hace conscientemente y como una medida programada desde el restaurante. Si nos toca hacerlo de prepo, lo más probable es que se traslade a los precios como el costo de adquisición de jarras, purificadores, etc”.

Otro de los comentarios fue: “Nos llegó la noticia, pero como todo en Argentina es superficial y no cambia en nada. No es importante una ley así, es más una pérdida de tiempo y no tiene mucho sentido. Pero bueno, se dará agua gratuita y listo”.

Puntualmente en nuestra ciudad, se pueden tomar las fiestas organizadas en el Autódromo como una ocasión donde esta decisión fue puesta en práctica. “Punto de hidratación” se lo denominó.

Requisitos

Los dispositivos o receptáculos de acceso libre y gratuito al agua, deberán cumplir con los siguientes requisitos mínimos: estar correctamente señalizados, visibles, de acceso libre sin dificultades ni demoras; ser aptos para su funcionamiento irrestricto, limpios y situarse en puntos independientes de los sanitarios; estar acompañados de vasos y/o accesorios para poder hacer uso del agua; y el agua deberá ser apta para el consumo humano y en cantidad suficiente según el tipo de establecimiento.

“La presente Ley tiene por objeto garantizar y promover el acceso irrestricto al consumo de agua potable de forma gratuita en todos los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas para su consumo dentro del establecimiento y en estadios y lugares donde se efectúen eventos de convocatoria masiva”, indica el texto de la propuesta.

Entre los objetivos de la iniciativa se encuentran los de mejorar la salud y calidad de vida de la población de la provincia de Buenos Aires, garantizar la hidratación adecuada y el consumo de agua segura, reducir los riesgos asociados al uso de alcohol y otras sustancias psicoactivas.

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